SEVILLA, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio publicó la nueva orden de desarrollo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, que recoge la autorización expresa para que los promotores de VPO en venta que no hayan podido comercializarlas tras realizar el preceptivo proceso de selección de adjudicatarios, puedan optar por alquilarlas a las mismas personas beneficiarias del proceso de selección.
Según informó la Junta en una nota, de esta forma, se logra que los ciudadanos que cumplan los requisitos para una vivienda protegida pero que no obtengan financiación puedan seguir accediendo a su nuevo inmueble, modificando su régimen.
La orden, que abarca diversos programas de vivienda protegida, mejora residencial y suelo, adaptándolos a la normativa estatal, agiliza los procedimientos y simplifica la documentación que deben presentar los adjudicatarios de ayudas de la Junta para su obtención.
En este sentido, el texto, que ha sido publicado hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, impulsa igualmente el alquiler al establecer la apertura del plazo de solicitud a inquilinos para el pago del alquiler de sus viviendas de renta libre, con la previsión de atender las solicitudes de 3.000 familias hasta el próximo 31 de diciembre, que es el periodo que se ha establecido en este caso.
Este año se introdujeron modificaciones en la concesión de estas ayudas a inquilinos de viviendas, de forma que sus destinatarios van a ser las familias con ingresos más bajos, hasta 1,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), y la renta máxima mensual que estará sujeta a ayudas será de 500 euros, puesto que se ha constatado que este grupo de la ciudadanía es el que tiene más dificultades para acceder al alquiler.
Las ayudas autonómicas les permitirán cubrir, durante dos años, hasta un 40 por ciento de la renta mensual que tengan que satisfacer. Esta subvención complementa a otros incentivos como la Renta Básica de Emancipación que concede el Estado y que posibilita la obtención de hasta 210 euros mensuales para el pago del alquiler a los jóvenes de hasta 30 años.
A partir de la publicación de la Orden, los ciudadanos pueden ya presentar sus solicitudes, bien a través de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA), que a partir de ahora podrá canalizar las de todo el territorio de la comunidad autónoma, o bien a través de las Agencias de Fomento del Alquiler homologadas.
Estas entidades podrán continuar ejerciendo su labor de mediación entre propietarios e inquilinos para la puesta en el mercado del alquiler del parque de viviendas desocupadas, así como gestionar las subvenciones que se conceden a los arrendatarios.
NO MANTENER AYUDAS A AGENCIAS INMOBILIARIAS
No obstante, la Junta de Andalucía ha resuelto no mantener la línea de ayudas para estas empresas, ya que, "por un lado, porque en los dos primeros años de ejecución del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 se han alcanzado ya la totalidad de los objetivos de estos incentivos y, por otro, porque la actual situación del mercado inmobiliario hace innecesaria la participación de estas empresas en su dinamización".
En efecto, el peso del alquiler en el mercado residencial ha aumentado considerablemente desde que se crearon las Agencias de Fomento en el año 2005 y el número de propietarios de viviendas desocupadas que optan por arrendarlas ha crecido exponencialmente, de tal forma que, "si bien estas entidades podrán seguir homologadas, ya no se hace necesario concederles una subvención por cada vivienda que alquilen, como se hacía hasta ahora".
A partir de hoy y durante los próximos tres meses se pueden solicitar igualmente subvenciones para dos de los programas de mejora residencial del Plan Concertado. En primer lugar, el de Rehabilitación Individualizada de Viviendas, que prevé ayudas de hasta el 40 por ciento del presupuesto para obras que realicen familias en sus hogares, y, en segundo lugar, el de Rehabilitación de Edificios, que recoge incentivos de hasta el 75 por ciento para las comunidades de propietarios que realicen mejoras en zonas comunes, como la instalación de ascensores o la supresión de barreras arquitectónicas, entre otras.
REGISTROS
Asimismo, la nueva orden de desarrollo recoge que la selección de los adjudicatarios de VPO se realizará a través de los registros municipales de demandantes, simplificando el procedimiento, ya que los inscritos en estas bases de datos cuentan con un certificado que acredita que cumplen los requisitos para acceder a una VPO.
El texto regula, igualmente, el procedimiento para la concesión de la ayuda estatal para la eficiencia energética tanto de los edificios de viviendas protegidas de nueva construcción como de los rehabilitados.
En materia de suelo, se agilizan los pagos a los promotores de las subvenciones autonómicas para fomentar tanto la urbanización con destino a la VPO como el fomento de su construcción, de tal forma que podrán obtener el cien por cien de la ayuda una vez iniciadas las obras. Estas subvenciones, que incluyen fondos autonómicos y estatales, pueden alcanzar hasta los 9.600 euros por vivienda si la mayor parte de ellas va dirigida a familias que no superen en 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), lo que equivale a unos 18.000 euros anuales.