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SEVILLA 28 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía ha iniciado el procedimiento para promover una "revisión y modificación normativa reguladora" en relación a la forma y secuencia de pago de la 'Beca 6.000', dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo de alumnos de Bachillerato y ciclos formativos de Grado Medio, de forma que "se pueda desarrollar la gestión de esta beca desde los principios de eficacia y eficiencia".
De esta forma, la Junta ha iniciado el proyecto de modificación de la Orden de 5 de julio de 2011 --conjunta de las Consejerías de Educación y Empleo, por la que se establecen las Bases Reguladoras de la Beca 6.000, dirigida a facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado de Bachillerato y de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012--, que la Consejería que dirige Javier Imbroda ha sometido al trámite de consulta pública previa.
El plazo para participar en esta fase de consulta pública previa del proyecto de modificación de dicha orden de 2011 concluye este lunes, 29 de marzo, según la información que consta al respecto en la página web de la Junta de Andalucía, consultada por Europa Press.
Al detallar los "problemas que se pretenden solucionar" con esta modificación, la Consejería de Educación explica que el pago de la 'Beca 6.000' debe realizarse "mensualmente o acumulado por evaluaciones", de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la referida Orden de 5 de julio de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de la beca.
Añade que "el informe DDPI00178/17 emitido por el Gabinete Jurídico referente a diversas cuestiones sobre la aplicación de la Orden de 5 de julio de 2011 viene a concluir que, partiendo de la premisa de la obligatoriedad para el beneficiario de la beca de superar todas las evaluaciones, procedería iniciar el procedimiento de reintegro de las cantidades cobradas como consecuencia de la superación de la primera o segunda evaluación contra el alumno beneficiario que no obtuviese evaluación positiva en la ordinaria o final".
"El conocimiento y la experiencia acumulada en la gestión de esta beca lleva a la convicción de que el pago mensual o acumulado por evaluaciones conlleva la posterior incoación, instrucción y resolución de múltiples procedimientos de reintegro derivados de la aplicación de lo establecido en las bases reguladoras", según advierte la Consejería de Educación.
El departamento que dirige Javier Imbroda subraya además que, "de conformidad con lo establecido en el artículo 21.ter.4 del Decreto 137/2002, de 30 de abril", del importe de la 'Beca 6.000' "se deducirán las cuantías otorgadas al beneficiario como consecuencia de la concesión de la beca general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios convocadas por el Ministerio competente en materia de educación".
Esto "en la práctica supone un gran retraso para el cálculo de la cantidad definitiva a conceder a un beneficiario" de la 'Beca 6.000', ya que "durante los meses posteriores al plazo de solicitudes de la beca general del Ministerio de Educación y Formación Profesional se presentan un gran número de alegaciones que pueden acabar en un aumento de la cuantía de la beca general que redunda directamente en la cuantía final" de la 'Beca 6.000' y "que conllevaría la apertura de numerosos procedimientos de reintegro por exceso de cuantía al superar entre ambas becas la cantidad máxima a conceder de 6.000 euros", según argumenta la Consejería.
Por todo ello, y "en aras de no proceder a la incoación de los procedimientos de reintegros referidos, con lo que ello supone para el interesado, que en la mayoría de los casos ha de devolver cantidades sustanciales", desde la Junta "se ha optado por proponer liquidar la 'Beca 6.000' una vez esté concedida definitivamente la beca general del Ministerio de Educación y Formación Profesional y acabada la evaluación ordinaria, lo que supondría una mayor certidumbre al interesado para la utilización de las cantidades concedidas y se tendría un procedimiento más directo y eficaz".
NECESIDAD DE UNA ADECUACIÓN NORMATIVA
Así las cosas, "se ha constatado la necesidad de una adecuación normativa de las bases reguladoras de la 'Beca 6.000' para responder a la situación actual", según la Consejería de Educación y Deporte, que mediante esta consulta pública previa inicia "el procedimiento establecido en la normativa vigente para la publicación de disposiciones de carácter general".
La Consejería que dirige Javier Imbroda, "en el diálogo que permanentemente mantiene abierto con la comunidad educativa y la ciudadanía, establecerá los mecanismos oportunos para informar sobre el avance posterior de este nuevo proyecto de modificación de la orden que inicia aquí su tramitación", según señala el mismo departamento del Gobierno andaluz.
La consulta pública previa de un proyecto reglamentario como éste de la Consejería de Educación se ampara en lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que "con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma".