ALMERÍA 17 Mar. (EUROPA PRESS) -
Los sindicatos CCOO, UGT y Ustea han celebrado este jueves la sentencia ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de un juzgado de lo social de Almería que condenó a la congregación religiosa de Hermanos de las Escuelas Cristianas, que gestiona el colegio 'La Salle' de la capital, por acoso laboral a una profesora de FP, aunque ha resuelto rebajar en casi 5.000 euros la cuantía de la indemnización que fijó el fallo de origen en 45.477 euros; de forma que han animado a los trabajadores que sufran esta situación a que denuncien.
En declaraciones a Europa Press, los tres sindicatos han interesado además que el equipo directivo del centro aplique medidas de corrección a la acosadora, bien a través de la apertura de un expediente disciplinario o incluso el traslado de esta trabajadora para que no mantenga contacto con su víctima, puesto que, según fuentes cercanas al caso, la persona a la que se ha condenado por los hechos sigue ostentado el cargo de directora de ciclos formativos en el mismo centro educativo donde trabaja la denunciante.
El secretario provincial de Enseñanza de CCOO en Almería, Antonio Valdivieso, ha celebrado la resolución judicial y ha destacado la "valentía" de la docente, de forma que espera que sirva de ejemplo para "animar" a otros trabajadores que se hallan en una situación similar ya que "aunque la lucha es larga, estas prácticas se pueden erradicar".
Así, ha apelado también a la responsabilidad de los centros educativos y ha abogado para que en este caso se "aparte" a la agresora tanto de su cargo de responsabilidad como de su lugar de trabajo dada la red de centros escolares que mantiene la congregación. Con esta "llamada de atención", ha querido además concentrar la atención sobre el procedimiento a seguir para proteger a la víctima de acoso laboral que, a su juicio, pasa por cambiar de ubicación al agresor y no a la víctima.
Desde Ustea, la responsable de Acción Sindical en Almería, Lourdes Molina, se cuestiona los motivos que han llevado a la entidad educativa a mantener a la acosadora en su puesto de trabajo e incluso a defenderla, un aspecto que les lleva a plantearse el papel que ha desarrollado la Delegación Provincial de Educación de Almería, ya que se trata de un centro concertado sobre el que también ostenta este tipo de responsabilidad.
"Educación tienen que tomar cartas en este asunto para que acosadora y acosada no estén conviviendo día a día", apunta Molina quien lamenta que el centro no optara por actuar previamente a través de sus propios mecanismos como la apertura de un expediente disciplinario, por ejemplo. Por otra parte, se felicita de la sentencia favorable a la profesora que es "satisfactoria" para las personas que están en la misma situación.
Por su parte, la secretaria provincial de FETE-UGT en Almería, Carmen Vidal, ha mostrado también su conformidad con la sentencia a favor de la profesora y ha incidido en la dificultades a las que se enfrenta el colectivo a la hora de denunciar un acoso laboral, por lo que muchos docentes "terminan trasladándose de centro o marchándose".
En este sentido, pese a que la sentencia no obliga al equipo directivo del centro a tomar medidas sobre la acosadora, sí reconoce que para la víctima "psicológicamente no es aconsejable estar cerca del acosador, no es positivo ni para la salud mental ni física" de la mujer, por lo que ha opinado que se podría dar un traslado de centro dado que incluso en Almería la congregación tiene dos colegios.
SENTENCIA
El fallo, sobre el que cabe recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo (TS) aunque la ratificación de que hubo acoso laboral "ya es inamovible", avala que existen indicios "más que suficientes" de que con sus actos, tanto empresa como la superiora jerárquica de la víctima, directora de los cursos de FPO, vulneraron derechos fundamentales a la integridad física y moral, al honor y a la propia imagen.
Frente al pago solidario de 27.447 euros por perjuicios a su salud y otros 18.000 euros por daños morales a la demandante a los que condenó el Juzgado de lo Social número 3, el Alto Tribunal andaluz fija en el fallo, dictado el 23 de febrero, la indemnización en 40.582 euros.
El juez de lo Social señaló que, de la "abundante prueba documental" que aportó la demandante, se desprende que la congregación religiosa de Hermanos de las Escuelas Cristianas le "privó" de los cargos de directora y jefa de departamento tras más de diez años de trayectoria y no le permitió desarrollar una serie de actividades relacionadas con la formación práctica de sus alumnos. Apuntó, en esta línea, que a través de la persona que la sustituyó en el cargo, y con conocimiento de la empresa, sufrió actos que "atentaron contra su dignidad profesional y que fueron menoscabando sus salud".
Según se concretó en la sentencia, desde que se implantó la nueva dirección en el centro de Formación Profesional, la situación de la profesora fue "empeorando progresivamente" hasta provocar su baja médica en hasta tres ocasiones durante dos cursos académicos, entre 2008 y 2010, al diagnosticarle un trastorno de ansiedad generalizado cuyo origen sitúa en la "problemática laboral en su centro de trabajo" ya que, pese a recibir tratamiento, recaía "cuando se reincorporaba al trabajo".