Actualizado 22/03/2012 15:14

Más de 97.000 solicitudes de voto por correo en Andalucía

Elecciones Parlamento Andaluz 2012.
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SEVILLA, 22 Mar. (EUROPA PRESS) -

   La Consejería de Gobernación y Justicia ha informado este jueves de que un total de 97.225 andaluces, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), han solicitado ya el voto por correo para los comicios autonómicos de este domingo 25 de marzo. De ellas, 96.638 están inscritas en el Censo de Españoles Residentes (CER) y 587 lo han solicitado como Residentes Temporalmente en el Extranjero (Ertas).

   Por provincias, Sevilla es la que ha solicitado más votos por correo con 19.699 peticiones (19.519 de personas inscritas en el CER y 180 del Ertas); seguida de Granada, con 14.320 (14.220 CER  y cien  Ertas); Málaga, con 14.076 (14.005 CER y 71 Eetas); Jaén, con 12.803 (12.750 CER y 53 Ertas); Cádiz, con 11.176 (11.105 CER y 71 Ertas); Córdoba, con 10.128 (10.075 CER y 53 Ertas); Almería, con 8.104 (8.070 CER y 34 Ertas); y finalmente Huelva, con 6.919 ( 6.894 CER y 25 Ertas).      

   El voto por correo se podía solicitar hasta el 15 de marzo en cualquier Oficina de Correos, entidad que, tras recibir la solicitud, la remite a la Oficina del Censo Electoral desde donde se envían por correo certificado al domicilio indicado por el elector un sobre en el que se incluye: una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenta a las elecciones al Parlamento de Andalucía en la circunscripción correspondiente, un sobre de votación para introducir la papeleta elegida, el certificado de inscripción en el censo y un sobre en el que figura la dirección de la mesa donde le corresponde votar.

   El Servicio de Correos conserva hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las mesas electorales y la trasladará a éstas a las nueve de la mañana. Asimismo, seguirá dando traslado de la correspondencia que pueda recibirse hasta las veinte horas del día de la votación. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales. Los sobres recibidos después de las veinte horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona y se destruirán.

VOTO 'ERTA'

   El elector que se encuentre temporalmente en el extranjero entre la convocatoria de un proceso y su celebración y desee votar seguirá el procedimiento que se regula en el Real Decreto 1621/2007 de 7 de diciembre, solicitando previamente el voto en un impreso que a los efectos tienen los Consulados y Embajadas, y las páginas webs electorales, cuyo plazo finalizó el 25 de febrero.

   La solicitud cumplimentada se entrega personalmente en el Consulado o Embajada. Para poder pedirla el elector debe estar inscrito en el Registro de Matricula Consular como no residente. Ambos trámites (solicitud e inscripción) pueden realizarse en el mismo acto.

   Una vez proclamadas las candidaturas y finalizado el plazo de recursos, la Oficina del Censo Electoral le envía la siguiente  documentación :una hoja informativa, papeletas y sobre de votación, el certificado de inscripción en el censo electoral, un sobre dirigido a la mesa electoral que le corresponda e impreso para la devolución de los gastos del envío del voto por correo.

   El elector deberá seleccionar su opción de voto introduciendo la papeleta correspondiente a la candidatura elegida dentro del sobre de votación, el certificado de inscripción en el censo y si así lo desea, el impreso cumplimentado para la devolución de los gastos del envío. Será indispensable para la validez de estos votos que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial de una Oficina de Correos del Estado correspondiente, que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto.

   El servicio de Correos conservará hasta el día de la votación la correspondencia dirigida a la Mesa y la trasladará a las 9 de la mañana y hasta las 20 horas del mismo día.