La Junta dice a los afectados por el incendio en la central telefónica que tienen derecho a una compensación

Europa Press Andalucía
Actualizado: lunes, 9 mayo 2011 20:34

MÁLAGA 9 May. (EUROPA PRESS) -

La Delegación de Salud de la Junta de Andalucía ha informado a los afectados por la avería provocada por un incendio en una central de Movistar en la barriada malagueña de Huelin que tienen derecho a una compensación por la interrupción del servicio, tanto si es telefónico como de acceso a Internet.

Así se dispone, han precisado, en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas. De esta forma, cuando, durante un período de facturación, un abonado sufra interrupciones temporales del servicio telefónico disponible al público, el operador deberá indemnizar con una cantidad variable.

Además, estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un euro. En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la indemnización que corresponde al abonado.

En el caso de abonados sujetos a modalidades prepago, el correspondiente ajuste en el saldo se realizará en un plazo no superior al del resto de abonados, han precisado en un comunicado.

La compensación será diferente en el supuesto de que las interrupciones lo sean por causas de fuerza mayor --catástrofes naturales, averías imprevisibles-- ya que el operador se limitará a compensar automáticamente al abonado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción. Todo ello cuando la interrupción del servicio se haya producido de manera continua o discontinua y sea superior a seis horas en horario de 08.00 a 22.00 horas.

PRESENTACIÓN DE LA QUEJA

Desde Salud han concretado que existe también una responsabilidad por daños en caso de haberse producido los mismos como consecuencia de la interrupción del servicio. Para ello, ha recomendado presentar una reclamación a la empresa telefónica, dirigiéndose al servicio de atención al cliente de su operador en el plazo de un mes desde la contingencia. En el caso de una reclamación de facturación, desde la fecha de recepción de la factura.

Los usuarios podrán presentar sus reclamaciones ante el operador por vía telefónica, a través de Internet, por correo postal o directamente en sus oficinas comerciales. En todo caso, el operador debe aceptar la presentación telefónica de reclamaciones.

Si en el plazo de 1 mes no hubiera recibido respuesta del operador, o la respuesta no le satisface, podrá acudir a la Junta Arbitral de Consumo, sólo para usuarios que sean consumidores finales, no para empresarios, profesionales o autónomos.

También podrá presentar una reclamación ante la oficina de atención al usuario de telecomunicaciones, se encuentra ubicada en la calle Capitán Haya, 41 de Madrid. Las reclamaciones pueden presentarse por escrito o por vía telemática a través de www.usuariosteleco.es. Esta vía es posible tanto si se es un usuario final como si es un empresario.

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