MÁLAGA 13 Nov. (EUROPA PRESS) -
El juez de Instrucción número 5 de Marbella (Málaga), Oscar Pérez, que instruye ahora el caso 'Malaya', asegura que existen "defectos" en la formación del procedimiento, iniciado por el magistrado Miguel Angel Torres, que "deben corregirse", al detectarse "un gravamen de calado constitucional" y con el fin de evitar indefensión en los procesados, ya que, según indica, se da en algunos casos "ausencia de notificaciones".
En el auto, al que tuvo acceso Europa Press, el instructor indica que son "numerosas" las medidas de garantía adoptadas en el proceso, tales como retenciones de saldos, prohibiciones o depósitos de bienes muebles u obras de arte, "sin que exista una adecuada ordenación de las mismas en piezas separadas". Esto "impide conocer cabalmente la situación de cada procesado en relación a sus bienes", señala.
De hecho, dice que la propuesta de medidas efectuada en su día por la fuerza policial instructora, las contestaciones o los mandamientos al Registro de la Propiedad son documentos que están insertados para cada procesado "sin el orden adecuado". Añade que hay contestaciones a los oficios que "incluso no están incorporadas y que se encuentran junto a la documentación intervenida".
Asimismo, apunta a que se ha detectado "ausencia de notificaciones de un número no reducido de resoluciones" en las piezas separadas, punto en el que recuerda la doctrina constitucional en relación a preservar la tutela judicial efectiva a través de una "correcta y escrupulosa constitución de la relación jurídico procesal", lo que evitaría "que se produzcan situaciones de indefensión".
Por ello indica que "deberá velarse especialmente" por que los actos de comunicación a las partes se adecuen a la legalidad. Además, reconoce el "especial esfuerzo y dedicación" que él mismo se exige para una instrucción, a la que se acaba de incorporar, está formada ya "en su núcleo esencial" y que "es compleja tanto en el aspecto sustantivo como procesal".
Pérez considera que en estas actuaciones "se ha seguido un orden inverso", pues las medidas de garantía como retención de saldos, prohibiciones de disponer de inmuebles, etc., "se han adoptado antes de la propia traba --embargo en defecto de fianza--". "Y aunque el pronunciamiento que lo acordó en su día han devenido firme y por ello inatacable, ello no debe impedir ordenar las mismas adecuadamente", dice.
ACUERDOS.
Añade el juez que "la actual y deficiente formación de los autos impide pronunciamientos independientes en este momento" sobre la confiscación. Para ello, acuerda crear una serie de piezas separadas, sobre todo la correspondiente a las medidas de aseguramiento adoptadas sobre cada procesado y otra sobre las transcripciones de las conversaciones telefónicas intervenidas, ya que "a lo largo de más de 40.000 folios constan diseminadas", según se señala en la resolución.
Entre estas piezas, destaca principalmente la referente a que se haga constar todo el patrimonio intervenido al presunto cerebro de la trama, Juan Antonio Roca, incluyendo saldos bancarios en España y en el extranjero, así como el de las sociedades y los bienes de que sea titular, con una tasación de los bienes "por peritos".
Asimismo, acuerda convalidar todas las medidas de garantías procesales previas a la traba ordenada en esas diferentes piezas separadas de responsabilidad civil de los procesados y "el embargo de todos los bienes afectados por las medidas anteriores".