Abiertas las Oficinas de Atención Integral a víctimas y familiares del accidente en las ocho subdelegaciones andaluzas

Efectivos de la UME trabajan en los vagones descarrilados en la zona del accidente ferroviario en Urda, a 29 de octubre de 2026, en Urda, Toledo, Castilla-La Mancha (España). Imagen de archivo
Efectivos de la UME trabajan en los vagones descarrilados en la zona del accidente ferroviario en Urda, a 29 de octubre de 2026, en Urda, Toledo, Castilla-La Mancha (España). Imagen de archivo - Diego Radamés - Europa Press
Europa Press Andalucía
Publicado: miércoles, 4 noviembre 2026 10:41

SEVILLA 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

Las ocho subdelegaciones del Gobierno de España en Andalucía han abierto este miércoles las Oficinas de Atención Integral a las víctimas del accidente ferroviario de Urda (Toledo), con el objetivo de ayudar a las personas afectadas a solicitar y tramitar las ayudas y anticipos.

Según ha informado la Delegación del Gobierno en Andalucía en una nota, las Oficinas de Atención Integral prestarán dicho apoyo junto con el resto de Oficinas de Atención a la Ciudadanía de la Delegación y subdelegaciones del Gobierno. Además, si alguna persona afectada por los accidentes no pudiera desplazarse a una Oficina, será atendida en su propio domicilio, en cualquier lugar del territorio andaluz, por personal de las subdelegaciones del Gobierno, gracias al programa 'La Administración Cerca de Ti' del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

El Consejo de Ministros aprobaba el martes un Real Decreto-ley de medidas urgentes de apoyo a las víctimas del accidente ferroviario de Urda, que contempla 30 millones de euros para acelerar la percepción de ayudas de los afectados y evitar así las esperas propias de los procedimientos ordinarios de los seguros.

Estas ayudas son complementarias a los planes, seguros y coberturas previstas en la ley para las víctimas de accidentes ferroviarios y, por tanto, compatibles con las indemnizaciones obligatorias por responsabilidad civil. Además, se recibirán íntegramente ya que estarán exentas de tributación.

De este modo, la cantidad movilizada por el Gobierno asciende a los 30 millones de euros, 15 millones para las ayudas urgentes y otros 15 correspondientes a los anticipos.

No obstante, la cuantía a percibir se ha definido de varias manera: En los casos de fallecimiento, una ayuda directa de algo más de 72.121 euros por cada persona fallecida y la misma cifra en concepto de anticipo del seguro. Por otra parte, en los supuestos de lesiones corporales, las ayudas se estructuran por niveles de gravedad, con importes que van desde algo más de 2.404 euros en los casos de menor entidad hasta más de 84.141 euros en las lesiones de máxima gravedad. Las cifras son las mismas para el anticipo del seguro.

Igualmente, los trabajadores afectados por el accidente podrán beneficiarse de una protección especial en materia de Seguridad Social. Las bajas laborales por incapacidad temporal derivadas del accidente tendrán, con carácter excepcional, la consideración de accidente de trabajo a efectos de la prestación económica, lo que permitirá percibir la prestación desde el primer día de baja (no a partir del acuarto día) y en una cuantía superior a la correspondiente a una baja por contingencias comunes (75% de la base reguladora, en lugar del 60%).

Asimismo, las pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, así como la prestación económica por incapacidad permanente parcial que deriven del accidente tendrán, a efectos del cálculo de su cuantía, la consideración de prestaciones derivadas de accidente de trabajo, siempre que resulte más favorable para los beneficiarios.

Por otra parte, las personas incluidas en el Régimen de Clases Pasivas del Estado que, como consecuencia del accidente, tengan derecho a una pensión de jubilación por incapacidad permanente, viudedad, orfandad o a favor de sus padres, podrán recibir una pensión de mayor cuantía. Se aplicará el régimen de las pensiones extraordinarias, siempre que resulte más beneficioso para el beneficiario.

Por último, esta protección se aplicará de oficio, sin necesidad de presentar una solicitud, y tendrá efectos retroactivos, incluso cuando la baja o la pensión ya se hubiera extinguido o reconocido.

RELACIÓN DE OFICINAS DE ATENCIÓN INTEGRAL EN ANDALUCÍA

Almería: oficinaintegral.almeria@correo.gob.es Teléfonos: 950759000 - 950759135 - 950759157

Cádiz: oficinaintegral.cadiz@correo.gob.es Teléfono: 956989153

Córdoba: oficinaintegral.cordoba@correo.gob.es Teléfono: 957989257

Granada: oficinaintegral.granada@correo.gob.es Teléfonos: 958909205 - 958909201

Huelva: oficinaintegral.huelva@correo.gob.es Teléfonos: 959759165-959759147-959759154

Jaén: oficinaintegral.jaen@correo.gob.es Teléfono: 953999019

Málaga: oficinaintegral.malaga@correo.gob.es Teléfono: 952989125 - 952989191

Sevilla: oficinaintegral.sevilla@correo.gob.es Teléfono: 955569953

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