Exterior del cine de verano Fuenseca. - FRANCISCO J. OLMO-EUROPA PRESS
CÓRDOBA 9 Jul. (EUROPA PRESS) -
El alcalde de Córdoba, José María Bellido (PP), ha dirigido un escrito a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para solicitarle que, en el ejercicio de sus competencias, en el marco de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, ejerza el "derecho de retracto" y compre tres de los cuatro cines de verano ubicados en el casco histórico de la ciudad y que esta temporada no tienen actividad de proyección de películas.
En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, Bellido pone en "conocimiento" de Cultura "determinados hechos que pudieran justificar el ejercicio del derecho de retracto previsto en la legislación andaluza de patrimonio histórico", en al que se establece que "las transmisiones onerosas de la propiedad o de cualquier otro derecho real de uso o disfrute sobre bienes muebles o inmuebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz se encuentran sometidas al derecho de tanteo y retracto, con el alcance y condiciones establecidos en dicho precepto".
Además, en el caso de los conjuntos históricos, según ha argumentado el alcalde en su carta, "el ejercicio de dicho derecho se extiende, en los términos legalmente previstos, a los inmuebles individualmente inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz y, en su caso, a los señalados a estos efectos en las instrucciones particulares, así como a los inmuebles situados en conjuntos históricos que estén incluidos en los catálogos urbanísticos y formen parte del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz".
Al respecto, Bellido afirma tener constancia de que "en el municipio de Córdoba existen" tres inmuebles, que albergan los cines de verano Fuenseca, Delicias y Olimpia, "ubicados en un conjunto histórico incluido en el Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Córdoba".
Además, por lo que sabe el Ayuntamiento, "se ha formalizado la compraventa de los inmuebles" en cuestión "sin que su titular haya notificado previamente de forma fehaciente dicha enajenación a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, en los términos exigidos" en la ya mencionada Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, "que impone la obligación de comunicar la voluntad de transmitir con dos meses de antelación, indicando el precio y las condiciones de la transmisión".
"En consecuencia, y conforme a lo dispuesto en el artículo 17.4 de la citada Ley 14/2007, cuando no se hubiera realizado la notificación previa legalmente exigida, o cuando la transmisión se hubiera efectuado por precio o condiciones distintas de las notificadas, la Consejería competente en materia de patrimonio histórico podrá ejercitar el derecho de retracto, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que tenga conocimiento explícito y fehaciente de la transmisión".
Por todo ello, el alcalde considera procedente "poner formalmente en conocimiento" de la Consejería de Cultura "los hechos descritos y solicitar que, previas las actuaciones de comprobación e instrucción que resulten oportunas, se valore y, en su caso, se acuerde el ejercicio del derecho de retracto respecto de la compraventa de los inmuebles enumerados, en defensa del interés público vinculado a la protección, conservación y tutela del patrimonio histórico de la ciudad de Córdoba".
Por último, el alcalde también ruega a Cultura que, "una vez analizada la documentación y adoptada la decisión que proceda, se dé traslado a este Ayuntamiento de las actuaciones practicadas y de la resolución que, en su caso, se dicte, a los efectos oportunos".