Una auditora de la Cámara de Cuentas avisa que Invercaria no podía "ayudar a empresas en crisis"

Imagen de archivo del juicio de Invercaria
Imagen de archivo del juicio de Invercaria - María José López - Europa Press
Publicado: martes, 11 mayo 2021 16:40

Reitera que la entidad carecía de un "guión prestablecido" que marcase a qué entidades respaldar y a cuáles no

SEVILLA, 11 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha celebrado este martes una nueva sesión del juicio de la pieza separada de las irregularidades investigadas en la empresa de capital riesgo Invercaria, perteneciente a la Junta de Andalucía, relativa al presunto delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación detectado en los prestamos concedidos entre 2006 y 2011 a la diseñadora de moda flamenca Juana Martín, una causa dirigida contra la citada modista, el expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo; el exdirector de promoción de la entidad Cristóbal Cantos, denunciante del caso; y Antonio Nieto, exdirector financiero.

Durante esta sesión, tras testificar el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid Luciano Parejo, ha comparecido también como testigo Amelia Martínez, letrada y auditora de la Cámara de Cuentas de Andalucía que encabezó la confección de un informe de fiscalización del ejercicio 2009 de Invercaria y actualmente interventora de la Junta de Andalucía.

Mientras la causa gira en torno a los préstamos participativos concedidos por Invercaria a la sociedad inicial Juana Martín Diseño y la posterior entidad Juana Martín Andalucía, que habrían ido "venciendo" sin ser atendidos los pagos dada la situación del proyecto en plenos años de la anterior crisis financiera mundial de 2008, el mencionado informe, recogido por Europa Press, indica que las inversiones de la entidad "no se ajustan" a la orden que establecen las bases de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía.

Y es que según dicho informe, "las aportaciones al capital realizadas por Invercaria se han hecho con fondos aportados por la Agencia IDEA procedentes de transferencias de financiación de capital procedentes de la Consejería de Economía y no con fondos procedentes de la aplicación presupuestaria correspondiente a dicha orden".

LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN

Así, según dicho informe con relación al ejercicio 2009 de la entidad, de los cinco programas de préstamos instrumentados por Invercaria "sólo uno es responsabilidad de Invercaria", mientras los restantes, "a pesar de suscribirse por ésta, son programas de la actual Consejería de Economía, Innovación y Ciencia".

Los préstamos de tres programas, según el informe dirigido por esta auditora, "son préstamos ordinarios, ya que no cumplen los requisitos necesarios para ser considerados préstamos participativos", mientras que en cuanto a los préstamos otorgados con fondos propios, el informe apunta la "falta de publicidad del procedimiento a seguir" por parte de Invercaria para la ejecución de este programa, lo que puede dar lugar a la "discrecionalidad" a la hora de determinar las características de los préstamos a conceder en cada caso o la selección de los beneficiarios.

En ese sentido, el informe apunta que "no existe preestablecido ni publicado ningún criterio para determinar los requisitos que deben reunir los beneficiarios, las condiciones de los préstamos, los importes a conceder o los factores para determinar si el préstamo será participativo u ordinario y a qué tipo de interés se otorgará".

SIN "ANÁLISIS" PREVIO

Al respecto, esta auditora ha defendido en el juicio dicho informe, agregando que la fiscalización del ejercicio 2009 de Invercaria reflejaría que los proyectos de inversión no contaban con un "análisis" previo como tal, además de que la entidad no contaba con "nada programado ni preestablecido" como criterio o "guión" claro a partir del cual decidir qué actividades eran favorecidas con el respaldo financiero de la entidad y cuáles no.

A su entender, Invercaria, como entidad perteneciente al sector público andaluz, "no puede actuar en el mercado sin sujeción a norma alguna", con lo que sus préstamos participativos y participaciones de capital han de estar sujetos a la correspondiente orden autonómica de incentivos, pues Invercaria estaría subordinada, según ha defendido, "a la Ley General de Hacienda Pública".

La Auditora ha distinguido además entre las ayudas públicas y las "ayudas de estado", con las especificidades de esta segunda categoría, opinando que las instrumentos financieros de Invercaria serían "posiblemente ayudas de estado". Ante ello, ha advertido de que "las ayudas directas con dinero público no pueden ser dadas a una empresa en crisis", como a su entender ha sucedido en el caso de Invercaria.

Así, esta testigo ha opinado que si Invercaria no hubiese apoyado a "empresas en crisis", "puede que no hubiese tenido tanto deterioro" económico.