El Ayuntamiento ratifica al juez que "no puede hacerse cargo" del dinero consignado por la dependencia

Actualizado: miércoles, 19 marzo 2014 19:02

JAÉN, 19 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Jaén, gobernado por José Enrique Fernández de Moya (PP), ha ratificado al juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de la capital que por el momento "no puede hacerse cargo" del dinero --un total de 215.858 euros-- que el pasado mes de febrero consignó en sede judicial y que se deriva de una transferencia de la Junta de Andalucía por servicios de la ayuda a domicilio prestados con posterioridad al 3 de diciembre de 2013, cuando expiró el convenio suscrito entre ambas administraciones y denunciado por el Consistorio.

Fuentes municipales han indicado este miércoles a Europa Press que así se lo ha trasladado el Ayuntamiento al juez después de que éste se interesara por el destino de dicho dinero, argumentando que, en tanto el Juzgado no emita una sentencia definitiva, el Consistorio entiende que no puede responsabilizarse de un montante abonado en virtud de un convenio que actualmente no está en vigor, y que fue denunciado por la Administración local "en tiempo y forma".

Según han recordado las mismas fuentes, así quedó recogido en el auto del citado juzgado jiennense que el pasado mes de febrero dictó como medida cautelar que el Ayuntamiento mantuviera la prestación de dicho servicio de ayuda a domicilio después de que la Junta hubiera interpuesto un recurso contra el decreto municipal por el que el Consistorio comunicaba su renuncia al mismo.

De esta manera, el gobierno local entiende que, mientras no haya sentencia definitiva y la cuestión esté inmersa en un proceso judicial, debe ser el propio juez quien determine a quién debe transferirse el dinero consignado.

Cuando se conozca la referida sentencia que se espera, ya "se verá lo que se hace en función de lo que establezca" la misma, han confirmado las mismas fuentes, que han reiterado que, mientras tanto, el Ayuntamiento "ni entra ni sale" con el dinero que provenga correspondiente a fechas posteriores al fin del convenio denunciado.