El Consejo Consultivo ve "correcta" la redacción del Presupuesto andaluz aunque sugiere una "revisión" para mejorarla

Archivo - Palacio de Bibataubín de Granada, sede del Consejo Consultivo de Andalucía. (Foto de archivo).
Archivo - Palacio de Bibataubín de Granada, sede del Consejo Consultivo de Andalucía. (Foto de archivo). - CONSEJO CONSULTIVO DE ANDALUCÍA - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: sábado, 8 noviembre 2025 11:34

SEVILLA 8 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo Consultivo de Andalucía considera "correcta" la redacción del anteproyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2026, si bien aconseja "efectuar una nueva revisión" del texto "desde el punto de vista gramatical que podría mejorar su redacción, mejorando el empleo de los signos de puntuación y el uso de mayúscula inicial, adoptando una regla uniforme".

Así se expone en el texto del dictamen sobre dicho proyecto de ley de las cuentas públicas andaluzas para el próximo ejercicio que ha elaborado el Consejo Consultivo a solicitud de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, consultado por Europa Press y que forma parte del expediente documental asociado a esta ley que el próximo miércoles, 12 de noviembre, afrontará su debate de totalidad en el Parlamento.

Entre otras cuestiones, el dictamen del Consejo Consultivo aborda la "redacción" del anteproyecto de ley, y al respecto subraya que ya en una ocasión anterior exponía que "no deben escatimarse esfuerzos para lograr que la exposición de motivos y el articulado sean comprensibles, pese a la complejidad técnica y terminológica inherente a la Ley del Presupuesto".

Asimismo, desde el Consejo Consultivo señalan que desde el dictamen que elaboraron en el año 2015 para el Presupuesto andaluz del siguiente ejercicio se vienen "refiriendo a la especial importancia de esta tarea para que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma sea más accesible a los ciudadanos, alcanzando así mayores cotas de transparencia sobre cómo se aplican los recursos públicos a la satisfacción de las necesidades colectivas".

Ante el proyecto de cuentas públicas de 2026, este órgano vuelve a "insistir en que, pro futuro, debería valorarse la posibilidad de incluir en la documentación que acompaña a la ley una relación de definiciones que ayudaran en el propósito de que el articulado de la Ley del Presupuesto y los estados de gastos e ingresos sean verdaderamente inteligibles, no sólo para los operadores jurídicos, sino también para los ciudadanos que aspiran a participar en la elaboración, ejecución y control de una ley tan determinante para la satisfacción de los derechos y el bienestar social".

En ese punto, el Consejo Consultivo destaca la "labor desarrollada" por la Consejería de Hacienda "para lograr una redacción del anteproyecto de Ley del Presupuesto correcta y acorde con las recomendaciones que viene formulando" dicho organismo.

"Sin perjuicio de lo dicho" --continúa el dictamen sobre el proyecto de Presupuesto de 2026--, desde el Consejo Consultivo aconsejan "efectuar una nueva revisión del anteproyecto de ley desde el punto de vista gramatical que podría mejorar su redacción, mejorando el empleo de los signos de puntuación y el uso de mayúscula inicial, adoptando una regla uniforme".

"TONO INSTITUCIONAL" EN LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De igual modo, el dictamen del Consejo Consultivo indica que "en diferentes ocasiones" han señalado desde dicho órgano que las exposiciones de motivos de dichos proyectos de ley "deben mantener un tono institucional cuando aluden a un determinado contexto o circunstancias, sin emplear expresiones que podrían considerarse de descalificación política".

En este sentido, el Consejo Consultivo considera "correcto" uno de los párrafos de la exposición de motivos del proyecto de cuentas andaluzas para 2026 "en el que se alude a la incertidumbre existente en el momento de elaboración del Anteproyecto de Ley por la 'falta de aprobación de objetivos de estabilidad y deuda con consecuencias directas sobre las comunidades autónomas'".

En concreto, en el párrafo cuya redacción valora el dictamen del Consejo Consultivo se puede leer que "en 2026 persiste la incertidumbre sobre la aplicación interna del nuevo marco europeo de reglas fiscales, ya que el Gobierno de España aún no ha definido cómo va a ser la relación entre la reformada gobernanza europea y el marco interno definido en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera".

"A ello se añade la falta de aprobación de objetivos de estabilidad y deuda con consecuencias directas sobre las Comunidades Autónomas, que deben desenvolverse en la incertidumbre en lo que respecta a la aplicación de la mencionada Ley Orgánica", agrega el párrafo de la exposición de motivos del proyecto de Presupuesto de 2026 que ve "correcto" el Consejo Consultivo.

El dictamen de este organismo, no obstante, apostilla que, "en cambio, expresiones como 'situación de bloqueo en que se vienen encontrando muchas iniciativas legislativas del Gobierno de España, en particular, los Presupuestos Generales del Estado', o 'parálisis presupuestaria del Gobierno central' (...) podrían ser objetables e innecesarias desde la perspectiva que acabamos de señalar, pues lo relevante es describir que la falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado 'afecta de modo importante a las cuentas de Andalucía'", sostienen desde el Consejo Consultivo.

El mismo dictamen apunta que "algunas expresiones deben ser más precisas desde el punto de vista conceptual", y al respecto cita como ejemplo que, en vez de decir que "Andalucía tuvo una insuficiencia de 1.528 millones de euros", debería decirse que "Andalucía tuvo insuficiencia de financiación de 1.528 millones de euros derivada del modelo de financiación autonómica, o algo similar".

Por otro lado, "a la hora de explicar las novedades que se introducen modificando diversas leyes mediante las disposiciones finales" del proyecto de ley del Presupuesto, el Consejo Consultivo advierte de que "en algunos casos se describen tales modificaciones con excesivo detalle --por ejemplo la que se refiere al régimen de recaudación de los ingresos de Derecho Público--, mientras que la explicación de otras modificaciones es sumaria o críptica".

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