Actualizado: sábado, 10 junio 2017 11:03

SEVILLA, 10 Jun. (EUROPA PRESS) -

El grupo parlamentario de Ciudadanos (Cs) defenderá este martes en la Comisión de Igualdad y Política Social una proposición no de ley en la que pide a la Junta que estudie las posibles medidas que procediesen para incorporar el requisito de que las empresas que pretendan acceder a las convocatorias de programas, ayudas, subvenciones, así como premios o distintivos que dependan de la Junta de Andalucía no apliquen la "tasa femenina (woman tax)", así como para incorporar cláusulas en los pliegos de contratación pública que permitan valorar positivamente las ofertas que sean presentadas por este tipo de empresas.

En la iniciativa, a la que ha tenido acceso Europa Press, Cs también pide al Gobierno andaluz que impulse la realización de un informe sobre la existencia, alcance e incidencia en los derechos de las mujeres como consumidoras y usuarias de la "tasa femenina", entendida como el incremento inexplicable o injustificado en el precio de productos de iguales o muy similares características cuando éstos se dirigen al público femenino en comparación a cuando lo hacen al público general o específicamente masculino.

Cs reclama a la Junta que promueva, en vista de las conclusiones del informe anterior, la elaboración de un Código de Buenas Prácticas sobre la "tasa femenina", dirigido a fabricantes, distribuidores y comercios de Andalucía, con el objetivo de aminorar en todo lo posible la existencia de productos diferenciados dirigidos específicamente al público femenino, y cuando éstos existan, de reducir la diferencia de precios entre dichos artículos y los de iguales o muy similares características dirigidos al público general o específicamente masculino.

Junto a ello, solicita al Gobierno de Susana Díaz llevar a cabo una campaña de visibilización de los establecimientos cuyos productos no aplican la "tasa femenina", así como valore la elaboración de materiales informativos y de distintivos visuales para la colocación en las entradas de dichos establecimientos.

En la exposición de motivos, Cs explica que la incidencia de la "tasa femenina" posee un impacto mayor teniendo en cuenta que las mujeres perciben en conjunto un menor salario que los hombres, fenómeno conocido como "brecha salarial", y que, además, se ven más afectadas por la temporalidad y la precariedad en el mercado de trabajo.

También apunta que la "tasa femenina" no es un fenómeno homogéneo, sino que puede manifestarse de muchas maneras. Los casos más evidentes se refieren a productos dirigidos al público femenino que resultan ligeramente más caros y cuya diferencia es meramente estética, por ejemplo, ser de un color culturalmente más asociado al género femenino, como el rosa o el morado.

En otros casos, el aumento de precio en la versión para mujeres se justifica por algún supuesto componente extra, pero que en la mayoría de los casos no aporta ninguna funcionalidad ni altera en ningún sentido la que posee el mismo artículo dirigido al público general.

La "tasa femenina" se extiende también a otros gastos cotidianos de las mujeres que los usos sociales hacen muy difíciles de evitar, como el consumo de maquillaje o los servicios de peluquería, los cuales conllevan más trabajo, y por tanto, mayor precio, que los de los hombres.

Todo ello constituye una suma de elementos que elevan los gastos domésticos frente a los de los hombres. En ese sentido, la "tasa femenina" puede interpretarse como "una suerte de gravamen oculto" que soportan exclusivamente las mujeres, fundado en preferencias diferenciales respecto a los hombres inculcadas social y culturalmente, y que se percibe especialmente en campos como la higiene, el cuidado personal, el vestido y el calzado, o los artículos infantiles, concluye Cs.

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