El Defensor del Pueblo Andaluz ve "necesaria" la Ley Antifraude para evitar "desigualdad" en la protección de derechos

El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, comparece en comisión parlamentaria para valorar el proyecto de Ley de Lucha contra la corrupción en Andalucía.
El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, comparece en comisión parlamentaria para valorar el proyecto de Ley de Lucha contra la corrupción en Andalucía. - DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ
Publicado: lunes, 19 abril 2021 14:58

SEVILLA, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha considerado este lunes "necesaria" la Ley de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía, cuyo proyecto se tramita actualmente en el Parlamento andaluz, desde la certeza de que "el fraude y la corrupción determinan una desigual protección pública de los derechos fundamentales".

En su comparecencia ante la comisión de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local del Parlamento en el marco de la tramitación de este proyecto de ley, que el pasado mes de marzo superó su debate de totalidad en el Pleno de la Cámara autonómica, Jesús Maeztu ha valorado favorablemente que Andalucía disponga también de mecanismos adicionales a los actuales para la lucha contra este problema.

Especialmente, según ha apostillado, "teniendo en cuenta los procesos relacionados con la corrupción que se han venido produciendo en los últimos años, la alarma social generada, y el rechazo y desconfianza provocado en la ciudadanía tanto hacia sus gobernantes como hacia las instituciones públicas".

Para el Defensor del Pueblo andaluz, esta ley "coadyuva a la Institución en la defensa de los derechos y libertades", misiones que tiene encomendadas el Defensor del Pueblo andaluz, según ha recordado dicho organismo en un comunicado.

Respecto al contenido del texto propuesto, el Defensor ha considerado un acierto la adscripción al Parlamento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción que plantea, a fin de dotarla de "autonomía e independencia", y la previsión de que el mandato sea por cinco años.

Jesús Maeztu ha considerado conveniente incluir entre los principios rectores la "buena fe" de la persona denunciante, ya que, según ha sostenido, es necesaria también la prevención para disuadir la posibilidad de llevar a efecto actividades corruptas.

Entre otras medidas, Jesús Maeztu ha propuesto un nuevo Código Ético y de Conducta para cargos públicos; la gestión del Registro de actividades e intereses; la elaboración de informes o programar acciones formativas y de sensibilización en materia de prevención y lucha contra el fraude y la corrupción.

También el Defensor ha planteado un análisis y gestión de riesgos previos de corrupción en actividades y procedimientos más expuestos a estas prácticas, así como se ha preguntado por las acciones previstas para la participación de la sociedad civil en este proceso.

El Defensor del Pueblo andaluz ha valorado el apartado específico previsto para la protección de la persona denunciante, y la regulación de un marco específico para quienes presten sus servicios en el sector público andaluz con el fin de que se les pueda conceder un traslado provisional a otro puesto de trabajo.

No obstante, el Defensor ha encontrado "indefinición" en qué sucede si la Oficina terminara una investigación sin concluirse la comisión de un acto contrario a derecho y el denunciante vuelve a su puesto de trabajo, con las consecuencias que eso puede tener en las relaciones laborales posteriores.

DENUNCIAS ANÓNIMAS

Por otro lado, el Defensor del Pueblo andaluz ha estimado que convendría reflexionar sobre la posibilidad de incluir en el articulado la presentación de denuncias anónimas, tal y como durante la tramitación del proyecto de ley se ha propuesto por el Consejo General del Poder Judicial en trámite de audiencia y por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en su informe preceptivo.

Salvo el caso de Aragón, ninguna otra autonomía de las que han legislado contra el fraude y la corrupción en el Estado español prohíbe la denuncia anónima, ha señalado el Defensor, que no considera extrapolable la previsión que tiene la propia Institución sobre la prohibición de quejas anónimas, puesto que los bienes jurídicos a proteger normalmente no son coincidentes.

Por último, Maeztu ha valorado la presentación de una memoria anual y la elaboración de informes especiales y recomendaciones por parte de dicha Oficina antifraude.