Archivo definitivo por prescripción de diligencias contra Chaves y Zarrías por el "préstamo puente" a Cárnicas Molina

El ex-presidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves
El ex-presidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves - María José López - Europa Press - Archivo
Actualizado: martes, 24 noviembre 2020 15:05

La Audiencia había anulado previamente su auto de incoación de diligencias previas al ver prescritos los hechos indagados

SEVILLA, 24 Nov. (EUROPA PRESS) -

Merced al auto de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla que dejó sin efecto el auto de diciembre de 2019 del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, incoando diligencias previas contra el expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y más ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía, por el préstamo concedido en 1999 por el entonces Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) a la empresa cárnica Hijos de Andrés Molina (Hamsa), localizada en Jaén y posteriormente rebautizada como Campocarne y Primayor; el mencionado juzgado ha ordenado el "archivo definitivo" de tales actuaciones.

En el auto del Juzgado de Instrucción número seis afectado por la decisión de la Audiencia, dicha instancia ordenaba incoar diligencias previas por posibles delitos de prevaricación administrativa y malversación contra Manuel Chaves, los exconsejeros de la Junta Gaspar Zarrías, Guillermo Gutiérrez, José Antonio Viera, Antonio Fernández y Francisco Vallejo; el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román; el ya fallecido exdirector de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero; el expresidente del IFA Salvador Durbán; el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y cinco directivos de la empresa beneficiaria del préstamo.

Al respecto, recordemos que Chaves, Zarrías, Antonio Fernández, Viera, Vallejo, Guerrero y Serrano fueron condenados por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla por el denominado como "procedimiento específico" mediante el cual la Junta de Andalucía financió los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares o innecesarios y ayudas directas y sin publicidad a empresas.

EL "PRÉSTAMO PUENTE"

En su auto, la Sección Séptima de la Audiencia rememoraba que el juzgado, a la hora dictar el mencionado auto ordenando las diligencias previas, a instancias de la Fiscalía, detectaba "hechos delictivos vinculados con la presunta ilicitud de la concesión a la mercantil Campocarne Andalucía S.A. de un préstamo puente de 970 millones de pesetas (5,8 millones de euros) otorgado por el IFA y aprobado en virtud del acuerdo del consejo de gobierno de la Junta de fecha 9 de noviembre de 1999".

"Podría deducirse que bajo la apariencia formal de un contrato de préstamo, se decidió en puridad disponer arbitrariamente de los fondos públicos sin sujeción a procedimiento alguno ni control administrativo, para beneficiar directamente a la empresa, pues no habría existido nunca voluntad de devolución ni de cobro del préstamo, pese a la vigencia del mismo", resumía el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla.

Pero tras un recurso de apelación del exconsejero Guillermo Gutiérrez contra el citado auto del Juzgado de Instrucción número seis, la Audiencia indicaba que el asunto gira en torno a "un préstamo otorgado el 22 de diciembre de 1999, cuyo importe fue íntegramente abonado en ese mismo momento, habiendo transcurrido sobradamente 15 años desde entonces a la fecha de incoación de la causa el 3 de diciembre de 2019".

EL MOMENTO DE LA DISPOSICIÓN DEL DINERO

"Es incuestionable que la empresa dispuso del dinero en su entrega material el 22 de diciembre de 1999, produciéndose entonces el desplazamiento patrimonial en perjuicio del erario público, independientemente de las eventuales vicisitudes del préstamo en impagos o incumplimientos de las obligaciones pactadas", argumentaba la Sección Séptima de la Audiencia, concluyendo que los posibles delitos "se encuentran prescritos" tanto en lo relativo al exconsejero promotor del recurso de apelación, como de "los demás directivos de la empresa prestataria y los responsables políticos de la Junta que autorizaron la concesión y pago del préstamo cuestionado".

Tras ello, el Juzgado de Instrucción número seis ha emitido un auto, difundido por el TSJA y recogido por Europa Press, en el que a cuenta de la decisión de la Sección Séptima de la Audiencia, declara "prescritos los hechos delictivos por los que se procede y el archivo definitivo de las actuaciones", determinando que "no procede acordar la práctica de las diligencias solicitadas por el Ministerio Fiscal; sin que tampoco haya lugar a entrar a resolver sobre los incidentes planteados en relación al recurso de reforma interpuesto por la defensa de Guerrero, el incidente de nulidad planteado por la defensa de Gaspar Zarrías y el deducido vía recurso de reforma interpuesto por la defensa de Antonio Fernández".

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