Junta Arbitral de Consumo de Andalucía, primera de España que retoma actividad para reactivar economía ante coronavirus

Gráfico de la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía explicando sus atribuciones.
Gráfico de la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía explicando sus atribuciones. - JUNTA DE ANDALUCÍA
Publicado: lunes, 11 mayo 2020 18:27

SEVILLA, 11 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta Arbitral de Consumo de Andalucía ha retomado su actividad habitual mediante teletrabajo con la reanudación de los plazos de sus procedimientos y trámites, que se encuentran suspendidos con carácter general por la declaración del estado de alarma. Se trata de la primera Junta Arbitral en retomar su actividad a nivel nacional para contribuir a la reactivación económica al argumentar que ofrece un marco de seguridad, confianza y estabilidad a la ciudadanía y a las empresas que operan en Andalucía para resolver los posibles conflictos de consumo que puedan surgir en sus relaciones comerciales.

Aunque los plazos administrativos se encuentran suspendidos con carácter general por la declaración del estado de alarma, el mismo Real Decreto que lo regula establece la posibilidad del levantamiento de la suspensión de dichos plazos ante supuestos indispensables para la protección del interés general o el funcionamiento básico de los servicios, según ha señalado la Consejería de Salud a través de una nota.

El Gobierno andaluz considera esencial el servicio que presta la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía para la resolución de los conflictos a través de un mecanismo voluntario, vinculante, rápido, eficaz, gratuito y ejecutivo.

Estos conflictos pueden surgir por la aplicación de las medidas excepcionales que se han impulsado para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias ante la expansión del Covid-19, como por la propia actividad comercial habitual.

Además de la incipiente recuperación de la actividad comercial, se debe tener en cuenta que durante el estado de alarma han continuado abiertos al público los establecimientos considerados esenciales y han funcionado con cierta normalidad los comercios que operan de manera electrónica.

Durante estas semanas, la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía ha explicado que ha continuado dando servicio a la ciudadanía y empresas andaluzas atendiendo sus consultas telefónicas y por escrito.

Sin embargo, con el levantamiento de la suspensión de plazos se retoma la actividad al completo y se reanuda la admisión de solicitudes de arbitraje y de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, la mediación para tratar de alcanzar una solución a los conflictos entre ciudadanía y empresas, la celebración de audiencias, que se realizarán por videoconferencia, así como la emisión y notificación de laudos arbitrales.

El pasado año la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía fue acreditada como entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo, tanto a nivel nacional como ante la Unión Europea. Se trata de la única entidad andaluza que ha obtenido dicha acreditación hasta el momento, lo que supone su reconocimiento como una entidad que ofrece procedimientos de alta calidad de resolución extrajudicial de litigios de consumo.

UN SERVICIO PÚBLICO

El arbitraje de consumo es un servicio público que las Administraciones Públicas, en colaboración con las organizaciones empresariales o profesionales y de personas consumidoras y usuarias, ofrecen a la ciudadanía para resolver los conflictos de consumo por una vía extrajudicial, de una manera eficaz, sencilla, gratuita, rápida, voluntaria y de calidad, con efectos vinculantes y ejecutivos.

En caso de conflicto con una empresa, se puede presentar una hoja de quejas y reclamaciones, a la que la empresa deberá responder indicando si acepta la mediación o arbitraje, o directamente una solicitud de arbitraje ante una Administración de consumo. No es necesario un formulario específico para hacerlo, aunque se puede obtener un modelo de solicitud en www.consumoresponde.es.

La solicitud debe exponer claramente tanto los hechos como la pretensión de la persona afectada (la devolución de una cantidad económica, la rescisión de un contrato o el arreglo de un bien, etc.).

Si se admite a trámite la solicitud de arbitraje se intentará realizar una mediación entre la persona afectada y la empresa, y en caso de no llegar a un acuerdo se celebrará un acto de audiencia.

El órgano arbitral, como parte imparcial, decidirá el asunto en función de las pruebas disponibles, por lo que es importante aportar toda la documentación que pueda servir para probar el perjuicio ocasionado. El laudo que emita el órgano arbitral tiene el mismo valor que una sentencia judicial, por lo que será de obligado cumplimiento para ambas partes.

La ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias. Es un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles en las redes sociales Twitter (@consumoresponde) y Facebook (www.facebook.com/consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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