El Juzgado Togado descarta sancionar al letrado Luis Romero por sus últimas declaraciones del caso Cerro Muriano

Archivo - El abogado de la familia de soldado Carlos León, Luis Romero, durante su intervención en la rueda de prensa del aniversario del caso
Archivo - El abogado de la familia de soldado Carlos León, Luis Romero, durante su intervención en la rueda de prensa del aniversario del caso - María José López - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 6 mayo 2025 18:25

La magistrada avisa no obstante de que sus palabras "resultan muy desafortunadas y extrañas" y le reclama que "las evite en un futuro"

SEVILLA, 6 May. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado Togado Central número dos ha acordado no imponer sanción al abogado Luis Romero, que representa a la familia del soldado Carlos León Rico, natural de El Viso del Alcor (Sevilla) y fallecido el 21 de diciembre de 2023 junto al cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, natural de Adamuz (Córdoba), en unas maniobras en la base de la Brigada Guzmán el Bueno X de Cerro Muriano, en Córdoba; por sus declaraciones en una rueda de prensa y en un vídeo en la red social Tik Tok por el aniversario del caso, como ha publicado Confilegal.com y figura en un acuerdo de la citada instancia judicial de este pasado lunes.

En dicho acuerdo, avanzado por Confilegal.com, el Juzgado Togado Central número dos considera, con relación a tales declaraciones de difusión pública, "legítima la disconformidad del letrado Romero con la sanción que le fue impuesta" por el Juzgado Togado Militar Territorial número 21 de Sevilla, que le impuso un apercibimiento por un incumplimiento de las obligaciones del deber de secreto de las diligencias sumariales por sus manifestaciones públicas durante el periodo en el que dicho Juzgado Togado Militar Territorial número 21 de Sevilla investigaba este asunto.

Pero el Juzgado Togado Central número dos precisa en su acuerdo que en tales declaraciones de la rueda de prensa y el vídeo en redes sociales por el aniversario del caso, "no es que el letrado critique objetivamente esa sanción" del Juzgado Togado Militar Territorial número 21 de Sevilla, sino que "se adentra a cuestionar la independencia e imparcialidad de jurisdicción militar y una actuación, la del juez Togado Militar Territorial número 21, adoptada con exclusivo sometimiento a la ley, y así lo estimó el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 11 de julio de 2024, que confirmó la misma en todos sus extremos", es decir que avaló el apercibimiento.

Analizando prolijamente el asunto, en el que pesaba la alegación de Luis Romero de que sus declaraciones se encuadran en el derecho a la libertad de expresión y de información, el Juzgado Togado Militar Central número dos considera que "si bien las expresiones del letrado resultan muy desafortunadas y extrañas a la buena práctica profesional y nada contribuyen a la buena marcha del presente procedimiento, las mismas no son constitutivas de la infracción disciplinaria que determinó la incoación del presente incidente".

QUE "EN UN FUTURO EVITE" ESE TIPO DE DECLARACIONES

"En todo caso, en aras de que el procedimiento se desarrolle dentro de un marco de buena fe, prohibidad y veracidad, la juez Togado militar central número 2 que suscribe considera oportuno manifestar su rechazo hacia tales manifestaciones, exhortando al letrado Romero a que en un futuro las evite", señala la magistrada, que acuerda "ni imponer sanción" al citado letrado.

Esta decisión de no sancionar se une a una similar de comienzos de año, respecto a una pieza separada incoada después de que el letrado Javier Manuel Jimeno Puche, defensor del teniente Jaime Tato Garrido, investigado en esta causa junto a otros mandos del Ejército de Tierra, solicitase en julio de 2024 que se requiriese al abogado representante de la familia del difunto soldado Carlos León Rico, "para que cesase la realización de manifestaciones acerca de las actuaciones sumariales", pues consideraba "que realiza opiniones personales acerca de las mismas, lesivas para los derechos de su patrocinado y solicitaba la imposición de sanción disciplinaria por este motivo".

SIN PERJUDICAR A LA INVESTIGACIÓN

En esta ocasión, el juzgado señalaba que "las manifestaciones realizadas a los medios de comunicación por los letrados Luis Romero y Antonio Granados el día 16 de julio de 2024 no han tenido potencialidad suficiente para perjudicar las actuaciones procesales ni pueden considerarse lesivas al derecho de intimidad o seguridad de otras partes", descarando así toda sanción.

En la causa, recordémoslo, figuran como investigados el capitán Ignacio Zúñiga Morillas, el teniente Jaime Tato Garrido, el sargento Gustavo Álvarez Estupiñán; los coroneles Tostón Méndez y Navarro González, así como el teniente coronel Zanfaño Hidalgo y un comandante.

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