SEVILLA, 12 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Parlamento ha convalidado este miércoles el Decreto-ley 5/2023, norma que regula dos aspectos: las nuevas exigencias para los centros sociales y la consolidación de las atribuciones que tiene la Agencia Tributaria de Andalucía en la recuperación de subvenciones. La norma se ha aprobado con los votos a favor de PP-A y PSOE.
El Decreto-ley 5/2023 deroga el Decreto 103/2022 sobre el Reglamento de autorización administrativa, declaración responsable, comunicación, acreditación y registro de entidades, centros y servicios sociales de Andalucía.
Este apartado del decreto lo ha defendido la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Loles López, quien ha justificado la urgencia del Decreto-ley por las exigencias de un acuerdo estatal de 28 de junio de 2022 sobre homologación de las condiciones de los centros del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), que se aprobó en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
López ha afirmado que el Ministerio de Derechos Sociales condicionó "los fondos adicionales en dependencia a que aprobáramos este decreto", decisión que consultaron con las organizaciones sociales, quienes avalaron adherirse a ese acuerdo estatal.
El Gobierno andaluz esgrime que ese acuerdo fue posterior a su decreto, el 103/2022, y que se ha adherido a él en marzo de este año y que de ello se imponen "requisitos comunes de acreditación" para los centros residenciales en aspectos como los recursos materiales y el equipamiento, así como sobre el personal y el trato que se ofrece a los usuarios.
Entre esas exigencias figuran, según explica la Junta de Andalucía, "limitaciones al número máximo de plazas, la obligatoriedad de implantar determinados cupos de habitaciones individuales, así como la de configurar la atención en torno a las denominadas unidades estables de convivencia, con un máximo de 15 personas en cada una de ellas".
La Junta de Andalucía reconoce la repercusión de ese acuerdo estatal del Consejo Territorial de Servicios Sociales, que empuja a un cambio de modelo por cuanto exige "importantes modificaciones a nivel estructural, de instalaciones, de recursos humanos y de funcionamiento de estos centros" y ante este escenario la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad "considera absolutamente necesaria la redacción de un nuevo decreto que no colisione con la realidad de un sector esencial en la sociedad andaluza".
El Gobierno andaluz concluye que es "imprescindible proceder a la derogación del Decreto 103/2022 con carácter urgente dado que su entrada en vigor está prevista con carácter inminente", para seguidamente "iniciar los trámites para la aprobación, con carácter de urgencia, de un nuevo Reglamento entidades, centros y servicios sociales de Andalucía".
Con este cambio legal la Administración autonómica pretende hacer compatible que "los servicios y centros de servicios sociales continúen con su actividad dentro de un marco jurídico adecuado, estable, realista", con que no haya "una merma para las personas en situación de dependencia y sus familias", además de no "renunciar a incrementar los niveles de exigencia" sobre los centros residenciales y "sin que ello
suponga la pérdida de actividad económica y puestos de trabajo".
Según datos del Gobierno andaluz, en la actualidad hay 1.470 centros de atención residencial y centros de día para prestar servicios a personas en situación de dependencia. A fecha de 31 de mayo de 2023, 27.125 personas son atendidas con el servicio de atención residencial y 14.261 personas en servicios de centros de día.
A ello suma las 4.370 personas que reciben una prestación económica vinculada al servicio que reciben en un centro y que, en total, 45.756 personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia se atienden en estos centros.
MÁS ATRIBUCIONES A LA AGENCIA TRIBUTARIA PARA RECUPERAR SUBVENCIONES
El Decreto-ley 5/2023 que ha convalidado este miércoles el Parlamento de Andalucía también viene a reforzar el papel que ya desempeña la Agencia Tributaria de Andalucía (Atrian) en la recuperación de las deudas públicas no tributarias, las subvenciones, en el período voluntario, antes de que empiece la fase ejecutiva, momento en que empiezan a aplicarse recargos sobre el principal adeudado.
El Gobierno andaluz ha decidido que sea la Agencia Tributaria de Andalucía "la competente para tramitar y resolver todas las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas que se encuentren en periodo voluntario de pago derivadas de los procedimientos de reintegro de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias".
La única excepción a esta determinación son las subvenciones que gestiona el Organismo Pagador de Andalucía de los Fondos Europeos Agrarios.
El Gobierno prevé en su Presupuesto de este año el reintegro de 43,74 millones por subvenciones de ejercicios cerrados, así como otros 2,99 millones de ejercicios corrientes.
Con este Decreto-ley 5/2023 el Gobierno andaluz cambia el Decreto-ley 1/2020 para establecer que la Agencia Tributaria de Andalucía será la gestora de los expedientes de aplazamiento y fraccionamiento de los reintegros que se registren a partir de la entrada en vigor de este Decreto-ley.
La Junta apela a que frente al "régimen transitorio" previsto en el Decreto-ley 1/2020 "resulta necesario, con carácter urgente y mediante norma con rango de ley" cambiarlo para que sea una "excepción" que las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento o modificación de los expedientes concedidos o pendientes de resolver "bajo la vigencia del citado Decreto-ley se regirán por lo establecido en el artículo 127.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en su nueva redacción".
Esa facultad sobre los nuevos expedientes se añadirá a la ya regulada en el artículo 127.2 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía (TRLGH), que faculta a la Agencia Tributaria de Andalucía para "la gestión recaudatoria del reintegro frente a los obligados al mismo", así como "le corresponderá la resolución, o inadmisión en su caso, de las solicitudes de compensación, así como de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento a que se refiere el artículo 124 ter".
El Gobierno andaluz considera que la Agencia Tributaria de Andalucía tiene atribuida "con carácter general, la competencia para resolver las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas derivadas del reintegro de subvenciones" y concluye que "resulta imprescindible determinar la competencia" de la Agencia Tributaria por cuanto prevé que "a todas las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas derivadas de reintegros de subvenciones se les va a aplicar el mismo régimen jurídico".