El TC admite a trámite el conflicto de competencias presentado por Andalucía frente al Plan Estatal de Vivienda

Archivo - Exterior del Tribunal Constitucional, Inmaculada Montalbán Huertas, durante un Pleno jurisdiccional del Tribunal Constitucional, en la sede del TC, a 23 de junio de 2025, en Madrid (España). El Tribunal Constitucional (TC) celebra desde hoy, 23
Archivo - Exterior del Tribunal Constitucional, Inmaculada Montalbán Huertas, durante un Pleno jurisdiccional del Tribunal Constitucional, en la sede del TC, a 23 de junio de 2025, en Madrid (España). El Tribunal Constitucional (TC) celebra desde hoy, 23 - Carlos Luján - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: jueves, 5 noviembre 2026 12:43

SEVILLA 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este jueves, 5 de noviembre, el conflicto positivo de competencias que el Gobierno de la Junta de Andalucía ha promovido en relación a varios artículos del Real Decreto aprobado por el Ejecutivo central por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

Así lo ha anunciado el TC en una nota informativa en la que también ha indicado que ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia interpuesto por la Junta de Extremadura en relación con varios preceptos del mismo Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

El Gobierno andaluz sostiene que los artículos 4.2 g), 153, 6.5, los capítulos II a IV, la Disposición Adicional Octava y los artículos 15, 23, 24, 34, 50, 51, 61, 146 y 147 de dicho Real Decreto 326/2026 "serían contrarios al orden constitucional de reparto de las competencias entre el Estado y las comunidades autónomas", según confirman desde el TC, desde donde han explicado además que por parte del Ejecutivo andaluz se considera que la norma estatal citada "podría lesionar la autonomía financiera de Andalucía".

El Consejo de Gobierno andaluz formuló el pasado 23 de junio un requerimiento al Consejo de Ministros del Gobierno de España previo a un conflicto de competencia contra el contenido del citado Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 por "no respetar el orden competencial recogido en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía".

PRESUNTA "INVASIÓN DE COMPETENCIAS"

La Administración autonómica escogió esta fórmula para la impugnación "por invasión de competencias al tratarse de una norma sin fuerza de ley", según precisaron desde la Junta en la referencia del Consejo de Gobierno de aquel 23 de junio.

En este sentido, el Ejecutivo andaluz consideró que son "varios" los aspectos en que el Plan Estatal de Vivienda lesiona la autonomía financiera de Andalucía, como "el diseño del régimen de aportaciones a cargo de las comunidades autónomas, la exhaustiva descripción de las actuaciones y el estricto reparto de cuotas, así como el régimen de protección permanente de las viviendas y el sistema de autorización estatal para la publicidad y la difusión de las actuaciones".

El acuerdo aprobado en junio en Consejo de Gobierno, que contaba con dictamen de los servicios jurídicos, solicitaba, al amparo de la Ley Orgánica 2/1979 de 3 de octubre del Tribunal Constitucional, la derogación o modificación de los artículos del citado Plan Estatal de Vivienda 4.2 g), 153, 6.5 y la disposición adicional Octava y los artículos concordantes (15, 23, 24, 34, 50, 51, 61M, 146 y 147).

De igual manera, desde la Junta se cuestionó la "exhaustiva descripción" de los 18 programas financieros del plan estatal, cuyo grado de detalle implica --desde el punto de vista del Ejecutivo andaluz-- una "invasión de la competencia exclusiva de la comunidad autónoma para desarrollar el objeto de las ayudas en función de las necesidades del territorio".

Asimismo, desde el Gobierno andaluz se consideró que la regulación "tan minuciosa" de las actuaciones y de las cuotas de financiación reservada a cada línea implica "una extralimitación del Estado, puesto que degrada a las comunidades autónomas a meras gestoras de las subvenciones", algo "que no se ajusta al sistema constitucional de distribución de competencias".

RESPUESTA DEL GOBIERNO

Por último, desde la Junta se ha cuestionado el artículo 153 del citado decreto, que supedita a una autorización o incluso a la presencia del ministro la presentación de actuaciones financiadas con cargo al Plan Estatal de Vivienda. El planteamiento de una suspensión de las transferencias de estos fondos por esta cuestión "refuerza la petición de inconstitucionalidad de la medida, ya que despoja a la Junta de sus competencias exclusivas en materia de vivienda".

El Consejo de Ministros rechazó en su reunión del pasado 21 de julio los requerimientos de incompetencia formulados por la Junta de Andalucía y de Extremadura en relación con el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, y respondió a sendos gobiernos autonómicos que el Plan "no regula con carácter general la política autonómica de vivienda", sino el instrumento estatal de financiación.

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