MADRID 5 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha elaborado un borrador de real decreto en el que fija una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2027 del 5,3%, hasta los 18.004 euros anuales.
Este incremento equivale a 1.286 euros al mes en 14 pagas (1.500 euros en 12 pagas). En principio estas cantidades se perciben sin tributación en el IRPF, según ha confirmado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.
¿CUÁNDO SE APRUEBA LA SUBIDA?
Trabajo da de plazo hasta el 16 de noviembre para presentar alegaciones a este borrador de Real Decreto. La intención del Gobierno es intentar aprobar la subida del SMI antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.
El Ministerio de Trabajo ha llevado el texto que fija el nuevo SMI a audiencia y participación pública. Este incremento sitúa el alza del SMI por encima del 4,9% sugerido por la comisión de expertos que asesora al Gobierno en este materia. Además, este porcentaje del 5,3% es inferior al 7% que demandan CCOO y UGT.
En esta línea, la ley no obliga al Gobierno a consensuar el SMI con los sindicatos ni con las patronales, aunque la subida anterior se pactó tras el acuerdo alcanzado con CCOO y UGT.
¿A QUIÉN AFECTA LA SUBIDA?
El proyecto contempla que la revisión salarial no afectará a aquellos sueldos profesionales que, en conjunto y en cómputo anual, ya superen los 18.004 euros mínimos previstos. Sólo deberán incrementarse aquellos salarios que queden por debajo de dicho umbral anual hasta alcanzarlo.
ASÍ PUEDE QUEDAR LA TABLA SALARIAL
A la espera de que se apruebe el texto, en años anteriores el incremento del SMI se ha aplicado con efectos retroactivos desde el 1 de enero.
¿CÓMO TRIBUTARÍAN LAS RENTAS BAJAS?
Los trabajadores que perciban el nuevo SMI en principio no tendrían que tributar por IRPF, mientras que aquellos cuyos salarios superen los 18.004 euros anuales podrían estar sujetos a este impuesto.
Es recomendable que los perceptores del salario mínimo y los ingresos más modestos presenten la Declaración de la Renta el próximo año si su nómina soporta retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que en algunos casos tendrán derecho a la devolución de dichas cantidades.
De cara a la Declaración de la Renta de 2026, que se presenta en 2027, la deducción en el IRPF para el SMI será de 590,89 euros anuales cuando los rendimientos íntegros del trabajo sean iguales o inferiores al SMI de 2026, fijado en 17.094 euros anuales, y se irá reduciendo de forma progresiva hasta desaparecer a partir de los 20.048,45 euros anuales.
Para quienes tengan rendimientos íntegros del trabajo superiores al SMI pero inferiores a 20.048,45 euros anuales en 2026, la deducción se calculará restando a esos 590,89 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 17.094 euros anuales.