El Consistorio de Sevilla endurece la normativa de patinetes y obliga a usar chaleco reflectante y casco homologados

Archivo - Patinete eléctrico en imagen de archivo.
Archivo - Patinete eléctrico en imagen de archivo. - AYUNTAMIENTO DE COSLADA - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: viernes, 12 diciembre 2025 12:52

SEVILLA 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Gobierno local ha aprobado este viernes el proyecto de modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación en lo relativo a los vehículos de movilidad personal (VMP), los "patinetes", en concreto. Así, entre las novedades más destacadas, el nuevo texto prohíbe estacionar VMP en aceras y zonas peatonales, obliga al uso de chaleco reflectante y casco de protección homologados y permite la circulación por vías ciclistas únicamente cuando la potencia del vehículo no exceda los 15 kilómetros por hora.

El delegado de Movilidad, Álvaro Pimentel, ha enmarcado que la modificación responde al aumento del uso de esta tipología de vehículos y a la "necesidad de establecer reglas claras que permitan su uso", según ha subrayado el Consistorio en una nota. Al respecto, cabe enmarcar que la Junta de Andalucía informaba hace unos días de que más de 3.100 personas han acudido a las Urgencias del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla por accidentes relacionados con patinetes eléctricos desde 2012, año en el que empezó a generalizarse el uso de estos vehículos.

De esta forma, el ejecutivo ha modificado los artículos 51 bis, relativo a la definición, usos, equipamiento, régimen de circulación y estacionamiento de los vehículos de movilidad personal, así como el 145 bis, en referencia a las infracciones y sanciones relativas a los VMP.

Así, el nuevo texto define a los vehículos de movilidad personal de acuerdo con la normativa estatal como "un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora".

OBLIGACIÓN DE USAR CHALECO REFLECTANTE Y CASCO

Entre las modificaciones más particulares que afectan al usuario se encuentran la prohibición de estacionar en aceras y zonas peatonales, así como anclarlo a elementos de mobiliario urbano o arbolado, entre otros, dado que el estacionamiento solo podrá ser realizado en los espacios habilitados para ello. Asimismo, cabe destacar la obligación de emplear chaleco reflectante y casco de protección homologado.

Las novedades de esta modificación también inciden en que se permitirá circular únicamente por vías ciclistas de la ciudad a los VMP cuya potencia nominal no exceda de 250 W, sin superar los 15 km/h, y reducirla a 10 km/h en itinerarios ciclistas compartidos con peatones; aplica a los mencionados vehículos las restricciones previstas para las bicicletas, incluida la obligación de desmontar en los horarios, fechas o circunstancias de aglomeración que así lo exijan y mantiene la edad mínima para cicular con VMP los 15 años, un "requerimiento expreso hecho por la Policía Local porque considera que es la misma edad que permite el uso de una motocicleta".

Por su parte, conforme a la normativa estatal, se mantiene la prohibición de circulación de los VMP por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos, los vehículos no podrán ser ocupados por más de una persona y deberán disponer de alumbrado reglamentario. Asimismo, deberán disponer de seguro de responsabilidad civil, el certificado de circulación y deberán estar registrados en el registro de la DGT.

La prohibición de conducir un VMP utilizando auriculares, sistemas de audio, teléfonos móviles, cualquier dispositivo de comunicación o bajo tasas de alcohol o drogas, se mantiene de igual forma.

HASTA 500 EUROS DE MULTA POR INFRACCIONES MUY GRAVES

En cuanto a las sanciones, el nuevo texto contempla como sanciones leves estacionar en aceras, zonas peatonales, así como anclarlos a mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcamientos de bicicletas. Como infracciones graves, contempla circular sin cumplir la edad mínima de 15 años, no utilizar el casco de protección obligatorio abrochado o chaleco reflectante y circular por vías ciclistas con un VMP cuya potencia exceda de 250 vatios.

Por su parte, será considerada como infracciones muy graves circular con un VMP manipulado o alterando las características técnicas o en los elementos regulados por el Manual de Características Técnicas.

Las multas oscilan entre los 50 a 100 euros de las infracciones leves, los 101 a 200 euros de las infracciones graves y los 201 a 500 euros de las infracciones muy graves. Estas sanciones, tal y como ha enmarcado el Ayuntamiento, mantienen la cuantía ya establecida excepto el límite máximo de las sanciones muy graves que pasa de 400 a 500 euros.

El texto que aprobado ha sido elaborado tras un proceso de participación pública que se desarrolló hasta el pasado 25 de noviembre y en el que entidades y asociaciones realizado sus aportaciones a esta regulación de patinetes.

Con la aprobación de este texto, a partir del próximo lunes se abre el plazo de alegaciones de 30 días, por lo que su aprobación definitiva podría plantearse en el Pleno del mes de febrero de 2026.

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