Denegada una petición para que declarase el alcalde de Aznalcóllar por una agresión mortal en un cumpleaños en 2020

Archivo - Imagen de archivo de un tribunal de la Audiencia
Archivo - Imagen de archivo de un tribunal de la Audiencia - Eduardo Briones - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: miércoles, 7 diciembre 2022 11:52

AZNALCÓLLAR (SEVILLA), 7 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una decisión previa del Juzgado de Instrucción número cinco de Sanlúcar la Mayor, que deniega una solicitud destinada a que prestasen declaración como testigos el alcalde de Aznalcóllar, Juan José Fernández, y una mujer; "ante una eventual petición de responsabilidad civil por el fallecimiento" de un varón de 57 años víctima de una agresión a manos de varios jóvenes el 9 de agosto de 2020.

En un auto recogido por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de un varón, contra la decisión previa del Juzgado de Instrucción número cinco de Sanlúcar la Mayor, de denegar su petición de que declarasen como testigos el alcalde de Aznalcóllar y una vecina, con relación a la muerte de un hombre de 57 años en una pelea la madrugada del 9 de agosto de 2020 en un cumpleaños.

Según la Guardia Civil, los hechos se produjeron entre las 3,30 y las 5,00 horas de la madrugada del domingo 9 de agosto de 2020, cuando la víctima, en compañía de otros, acudió a una zona de naves industriales de Aznalcóllar conocida como La Dehesa, donde en el marco de la celebración de un cumpleaños en uno de los inmuebles, un hijo y un sobrino de las personas que le acompañaban habían discutido con otros jóvenes.

Tras llegar todos al lugar, según el Instituto Armado, se reinició la discusión entre ambos bandos, que comenzaron a lanzarse piedras y otros objetos contundentes, de forma que se produjo una fuerte pelea.

Como resultado de la anterior, requirieron asistencia médica en el centro salud de la localidad dos personas, entre ellos el citado varón de 57 años, quien fue derivado al Hospital de San Juan de Dios de Bormujos, donde falleció al día siguiente como consecuencia de las lesiones sufridas en la reyerta.

CUATRO PRESUNTOS AUTORES DE LA AGRESIÓN

Días después de los hechos, la Guardia Civil arrestó a dos jóvenes, uno de los cuales era el segundo varón herido y asistido por los facultativos del centro de salud, siendo ambos ingresados en prisión provisional, toda vez que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla declara en este auto que la víctima de los hechos falleció por "una agresión por cuatro jóvenes".

En el marco de la investigación de dicho crimen, el varón promotor de este recurso de apelación había solicitado al Juzgado de Instrucción número cinco de Sanlúcar, depositario de las actuaciones, "la declaración del alcalde de Aznalcollar y de la supuesta perjudicada" por la muerte de la víctima, "ante una eventual petición de responsabilidad civil por el fallecimiento", "en base a que estando el mismo en el centro hospitalario decide designar al alcalde como la persona de contacto y no a la perjudicada u a otro familiar; considerando el recurrente" que la citada mujer "no resulto perjudicada por el fallecimiento" de la víctima.

COMPARECENCIAS "NO NECESARIAS NI RELEVANTES"

Pero tras analizar el asunto, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha coincidido con el juzgado instructor en que "dichas diligencias no son necesarias ni relevantes, pues el hecho de que" el recurrente, "cuando se encontraba en el centro hospitalario, designara al alcalde como persona de contacto, no legitima para excluir como perjudicada" a la mujer señalada, "la cual está personada como tal en las actuaciones, constando ofrecimiento de acciones a la misma de fecha 25 de mayo de 2021, siendo irrelevante
en este aspecto la persona de contacto que designara" el promotor del recurso.

Dado el caso, la Sección Primera de la Audiencia desestima el recurso de apelación y confirma a todos los efectos la decisión denegatoria del Juzgado de Instrucción número cinco de Sanlúcar la Mayor.

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