Actualizado: sábado, 21 noviembre 2015 11:44

SEVILLA, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero ha recurrido el auto en el que la juez María Núñez Bolaños rediseñó la división en piezas del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos acordada el 30 de julio, dejando como pieza matriz la causa originaria de los ERE de 2011, de ayudas sociolaborales y directas, y desgajando de esta matriz otras seis piezas con las que se comienza a trabajar, dándoles una tramitación preferente con el fin de que puedan ser enjuiciadas en el menor tiempo posible.

De este modo, el abogado de Guerrero, uno de los principales imputados en esta causa, ha recurrido en reforma el auto dictado por la magistrada el pasado día 9 de noviembre y, de manera subsidiaria y para el caso de que no sea admitido, ya que la instructora señaló que contra dicho auto no cabía recurso alguno, presenta un incidente de nulidad por incongruencia omisiva y vulneración de la tutela judicial efectiva.

En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, pone de manifiesto que, "como ya estamos sufriendo, las resoluciones que se cuestionan vienen a conseguir el efecto contrario al deseado, esto es, la dilación de actuaciones".

El abogado, en primer lugar, asevera que la juez ha hecho un uso "inadecuado" del artículo 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pues "no estamos ante una aclaración o ampliación (por omisión) de un auto", tal y como establece dicha disposición, "sino ante un nuevo auto completamente distinto que en nada se asemeja al que viene a aclarar".

Al hilo de ello, recuerda que, en su auto de 30 de julio, la magistrada dividió la causa en tres bloques, mientras que el auto de 9 de noviembre "lo hace en seis", añadiendo que la primera resolución "no establecía hechos, autores, posibles delitos, circunstancias..." y el recurrido "continúa adoleciendo de un mínimo de elementos que ayuden a posicionarnos, en términos de defensa, en el lugar de nuestros representados".

"FLAGRANTE INDEFENSIÓN"

A modo de ejemplo, el letrado señala que "tendría que adivinar si su representado, que no tenía poderes de decisión normativos, estaría imputado en la pieza" del procedimiento específico. En este punto, hay que reseñar que la juez dictó un auto, posterior a este recurso, en el que incluyó a Guerrero, junto a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otras 49 personas, en dicha pieza.

En segundo lugar, critica que el auto recurrido "dice que, con la nueva redacción, se tiene por contestado cuantos recursos se habían planteado por las partes; sin embargo, obvia contestar la solicitud de nulidad planteada por el que suscribe", pues, "efectivamente, esta parte consideraba oscuras y lesivas las resoluciones, porque careciendo de fundamentación el auto y la providencia, constituían una flagrante indefensión".

"La falta de respuesta en un auto que pretende poner fin a los recursos planteados, como así manifiesta, constituye una posible incongruencia omisiva", asevera el letrado, que también refiere que el auto recurrido contiene la afirmación "... para una vez que contemos con el pronunciamiento, sentencias, de la Audiencia Provincial, resolver sobre el diseño del resto de piezas, ayudas sociolaborales o directas...".

En este sentido, el letrado se pregunta si "quiere esto significar una especie de ralentización o suspensión hasta que la Audiencia Provincial ponga fin", señalando que, "de ser este el significado, esta parte entiende prematuro fijar el asunto en las resoluciones de la Audiencia, y ello por varias razones".

"PRECIPITADA"

Así, indica que "serán las calificaciones provisionales las que determinen el órgano enjuiciado, y éstas aún no han sido realizadas", mientras que "fijar ese término implicaría obviar los posibles recursos, que son los que devendrán en futuras resoluciones firmes", lo cual "implicaría un acuerdo de las partes a modo de las ramas civil o social". "¿Son factibles en penal?", se cuestiona.

Asimismo, afirma que la solución a la posible "exasperación punitiva" resulta "igualmente precipitada y basada en la espera que determinados juicios sufrirían sobre otros, e, igualmente, resultado de posibles pactos entre todos los agentes, algo que en estos momentos se nos antoja difícil", todo ello "sin entrar en la presunción de sentencias condenatorias que contiene el párrafo, por entender esta parte que no se prejuzga, sino, solamente, se ejemplifica".

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