Actualizado: sábado, 4 noviembre 2017 10:35

SEVILLA, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

La joven que acudió a denunciar el robo de su bolso a la comisaría ubicada en la Alameda de Hércules de Sevilla y que, finalmente, acabó detenida tras insultar y agredir a los agentes que la atendieron, ha recurrido la condena de seis meses de cárcel que le fue impuesta por estos hechos y ha reclamado la nulidad del juicio.

En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de M.R.L. pide a la Audiencia Provincial que declare la nulidad del juicio celebrado en julio y, de manera subsidiaria, absuelva a su cliente, que fue condenada a seis meses de prisión por un delito de atentado y al pago de una multa de 120 euros por un delito leve de lesiones.

El letrado de la acusada, Luis de los Santos, señala en su recurso que, tal y como hizo constar en las cuestiones previas, "no existe en las actuaciones ni la solicitud para personarse como acusación particular" de los dos agentes "ni la resolución judicial expresa que reconozca la personación en tal sentido".

Por tanto, considera en este recurso consultado por Europa Press que "no deberían haber tenido legitimidad para intervenir como acusación particular, máxime cuando el Ministerio Fiscal está salvaguardando el interés público y de los perjudicados en el proceso" y, así, la juez "debería haber declarado la falta de legitimidad de los representantes de la acusación particular".

"El no haberlo hecho por la juzgadora de instancia debería provocar la nulidad del juicio oral", asevera el letrado, que de manera subsidiaria pide la absolución de su patrocinada alegando, en primer lugar, error en la valoración de la prueba e infracción del derecho fundamental de presunción de inocencia.

A su juicio, "la actividad probatoria practicada en el juicio oral es insuficiente para condenar a mi representada por un delito de atentado y un delito leve de lesiones", ya que las pruebas consistieron "en la mera declaración de los agentes de Policía que intervinieron el día que ocurrieron los hechos".

"MULTITUD DE CONTRADICCIONES"

Según agrega el abogado, "dicho testimonio de los agentes no puede tener un valor probatorio per se y predeterminado únicamente por su condición de agentes de la autoridad", ya que en los mismos "sí podría existir un interés", pues "incluso se dictó auto de procedimiento abreviado contra ambos agentes por un delito contra la integridad moral y una falta de lesiones".

Los agentes, indica el letrado, "no son unos simples perjudicados por los hechos", sino que "tanto interés tienen en la causa que hasta se han personado como acusación particular, habiendo formulado acusación contra mi representada", lo que "evidencia un interés en el resultado de este juicio totalmente opuesto al interés de esta defensa, lo que exige un idéntico tratamiento y valoración de la prueba presentada por una y otra parte".

El abogado, asimismo, critica que la sentencia "parece obviar o al menos no razona el por qué una persona, madre de una niña, va a denunciar el hurto de un bolso y acaba detenida y con multitud de lesiones", y señala que "existen multitud de contradicciones que al menos deberían haber tenido el efecto de provocar en la juzgadora una duda razonable que inevitablemente conllevara a una sentencia absolutoria".

En última instancia, y de forma subsidiaria a todo lo anterior, el letrado señala que los hechos no serían constitutivos de un delito de atentado, sino de un delito de resistencia, ya que "la acción del detenido se produce durante la detención llevada a cabo y no supone desarrollo previo de conducta activa contra los agentes, sino posterior y en respuesta a lo que consideró injustificado y no podía entender".

A ello se suma que las lesiones provocadas a uno de los policías "fueron de muy escasa entidad (erosiones en ambos brazos", compatibles con una resistencia a la detención a la que fue sometida", precisando que, si se estimara dicha calificación como delito de resistencia con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebida, la pena sería de 1,5 a 3 meses de prisión sustituibles por multa.

"PENA DE BANQUILLO"

"De esta manera, los efectos de pena de banquillo durante estos siete años quedarían al menos atenuados cumpliendo dicha condena; mi representada nunca ha tenido antecedentes penales, es madre de una hija pequeña y actualmente está opositando al haber finalizado sus estudios", expone el abogado.

Así, el letrado pide que se aplique la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que "se aprecian muchos periodos sin actividad procesal" y el procedimiento "ha durado casi seis años y cuatro meses" desde que ocurrieron los hechos el 22 de junio de 2011. "Dichas paralizaciones se han producido por periodos de más de dos años achacable únicamente a los pocos medios que dispone la administración de justicia, pero que no debe repercutir en mi representada", alega.

En su opinión, todo ello "ha mantenido a mi clienta con una imputación y procesamiento innecesario durante casi seis años y medio". "Esta representación conoce las condiciones precarias de medios de la Administración de Justicia, y las circunstancias específicas del juzgado instructor, pero ello no ha hecho sino perjudicar a mi defendida, ya que únicamente es atribuible al órgano jurisdiccional", concluye.

La juez considera probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 2,00 horas del 22 de junio de 2011, cuando la acusada se personó en las dependencias de la Policía Nacional de la Alameda de Hércules para formular una denuncia por la sustracción de su bolso.

LOS HECHOS

Según la sentencia, la imputada se dirigió a un agente diciéndole que "se tocaban los huevos, que salieran a cortar el candado de su bici o la llevaran a su casa", ya que las llaves de la bicicleta las tenía en el bolso sustraído.

Un segundo policía nacional, "al ver que se ponía la acusada cada vez más alterada", salió de la garita, momento en que la condenada le exigió el número de placa "al tiempo que le da un tirón" de la misma, lo que le impidió el agente, "forcejeando y cayendo al suelo", por lo que tuvo que intervenir el otro policía para reducirla, ya que "no dejaba de dar patadas y manotazos".

De este modo, la acusada, para quien la Fiscalía solicitó un año y medio de cárcel, logró coger el número de placa del agente y lo lanzó, dice la juez, que resalta que, "en todo momento, la acusada se refería a los agentes" con expresiones tales como 'puto maricón de mierda' y otras frases análogas.

Según recoge la sentencia, uno de los agentes sufrió lesiones consistentes en erosiones en antebrazos que curaron sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico posterior y que tardaron en curar un total de tres días, ninguno de ellos impeditivos.

En el juicio, la acusada negó los hechos, "manifestando que fue ella la agredida e insultada" por los agentes, pero la juez resalta que su declaración "se encuentra repleta de contradicciones" respecto a lo que dijo en la fase de instrucción y con la testifical de su amiga, que según la condenada se encontraba con ella y cuya narración de los hechos resulta "sorprendente".

De su lado, los dos policías nacionales que intervinieron "han sido contundentes, claros y precisos" y han prestado una declaración "rotunda, seria y sin contradicciones".

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