La juez Alaya cita este martes al dueño de Uniter a una comparecencia para nombrar administrador judicial

Actualizado: lunes, 10 junio 2013 17:29

SEVILLA, 10 Jun. (EUROPA PRESS) -

La juez Mercedes Alaya, que investiga la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía, ha fijado este martes una comparecencia previa al nombramiento de un administrador judicial para Uniter y Cureña, ambas entidades propiedad de José González Mata, que se encuentra imputado en la causa.

En un auto, consultado por Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 acuerda que esta comparecencia previa, prevista en la Ley, se celebre a las 11,00 horas de este martes y que asistan a la misma tanto el abogado del imputado como la Fiscalía Anticorrupción, que no se ha opuesto a que se acuerde la constitución de una administración judicial para cada una de las entidades citadas.

Tras la petición realizada por el imputado para que se nombrara un administrador judicial que intervenga todas y cada una de las operaciones sociales de dichas entidades, la juez no sólo acuerda la celebración de esta comparecencia sino que también ordena que se recabe "con carácter urgente" el saldo de las cuentas bancarias de Cureña y Uniter sobre las que se trabó bloqueo.

La comparecencia previa se fija "mientras tanto y en previsión de que puedan adoptarse ulteriores medidas cautelares sobre bienes de ambas sociedades", asevera la juez Alaya en su auto.

De otro lado, la magistrada se opone al recurso presentado por el abogado de González Mata contra su decisión de bloquear todas sus cuentas bancarias, ya que el abogado entiende que con ello "se va a procurar" su "absoluta indigencia" y la "desaparición" de Uniter y otras compañías mercantiles administradas por el imputado.

La juez rechaza el recurso ya que dicho bloqueo "se adoptó como medida cautelar con la finalidad de asegurar un eventual fallo condenatorio y con la temporalidad propia de tales medidas de aseguramiento".

Hay que recordar que, el pasado día 2 de abril, la juez de Instrucción número 6 de Sevilla dictó un auto en el que ordenaba bloquear un total de 84 cuentas bancarias que se encuentran a nombre del dueño de la mediadora o de algunas de las empresas vinculadas a Uniter, como son Cureña S.L. o Ingotor Seguros S.L..

EL RECURSO CONTRA EL BLOQUEO DE CUENTAS

En el mismo auto, la magistrada acuerda la imputación de las sociedades patrimoniales Cureña S.L. y Permar 21, perteneciente la primera a González Mata y la segunda al exdirector general de Vitalia Antonio Albarracín y de su esposa, pues las mismas "son propietarias de numerosos inmuebles que se habrían adquirido por sus administradores con las ganancias obtenidas de las ilícitas sobrecomisiones pactadas con la Junta a cambio en ocasiones de dádivas o ciertos favores a algún cargo público de dicha Administración autonómica".

En su recurso, consultado por Europa Press, el abogado de González Mata asevera que, con el bloqueo de las cuentas, "se va a procurar la absoluta indigencia" del imputado y la desaparición de dos empresas "vivas" como Uniter y Cureña, "pero no va a servir a la acción de la Justicia", sino que por el contrario "se va a propiciar que bienes que podrían servir a esos fines sean malbaratados en beneficio sólo y exclusivamente de los bancos acreedores".

Por todo ello, concluye que la medida cautelar adoptada "para nada sirve a los fines del proceso y sólo va a propiciar la desaparición de las empresas afectadas, y con ella, de su solvencia, por lo que al fin y a la postre el Juzgado no va a disponer de activo sobre el que poder actuar en aras a procurar la satisfacción de la eventual responsabilidad civil que se declare".

Con dicha medida cautelar, González Mata, Uniter y Cureña "no van a poder hacer frente a obligaciones tan básicas como el pago de los suministros de luz, agua y teléfono; no van a poder hacer frente a los recibos de las comunidades de propietarios en que se integran los inmuebles que poseen, ni van a poder hacer frente a las nóminas de sus trabajadores".

Además, "no van a poder pagar las cuotas de la Seguridad Social dimanantes de las relaciones laborales que mantienen, ni van a poder cumplir con los aplazamientos de las obligaciones tributarias contraídas ni con los pagos que se devenguen en el futuro inmediato", a lo que se suma que "no van a poder cumplir con las amortizaciones periódicas de los préstamos hipotecarios en su día contratados".