SEVILLA, 8 Mar. (EUROPA PRESS) -

   La juez de Sevilla que investiga la adjudicación por parte de la Junta a la agrupación empresarial México-Minorbis de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar ha confirmado su decisión de entregar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil una copia de los correos intervenidos a tres altos cargos y 12 funcionarios de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio para que procedan a su volcado y estudio.

   En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez de Instrucción número 3, Patricia Fernández Franco, rechaza así los recursos presentados por los afectados por esta medida, entre ellos la viceconsejera del ramo, María José Asensio, al entender que la diligencia acordada "no resulta indiscriminada, innecesaria ni prospectiva".

   Asimismo, rechaza que la medida suponga "una injerencia en el ámbito del derecho fundamental del secreto a las comunicaciones, dado el cauce a través del cual se mantuvieron los contactos --direcciones corporativas no idóneas para la exposición de circunstancias de carácter personal o privado-- y que sólo en cuanto estén directamente relacionados con esta causa serán objeto de estudio, quedando en otro caso al margen del procedimiento".

   De este modo, la juez fija el 23 de marzo para que se realice el volcado y entrega a la UCO de una copia de dichos correos electrónicos, una diligencia que la magistrada suspendió el pasado 20 de febrero "por razones de seguridad jurídica" al no haberse resuelto los recursos de las defensas contra esta decisión.

   En este sentido, la instructora acuerda que la UCO proceda al volcado y estudio "única y exclusivamente de aquellos pasajes de los correos que, encontrándose directamente relacionados con el objeto de la presente investigación, con exclusión por tanto de cualquier comunicación relativa a la defensa jurídica de los implicados" en la causa, "resulten relevantes para el avance y completo esclarecimiento de los hechos" investigados.

   En este auto, recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, la magistrada insta a la UCO a dar cuenta del resultado de la labor de estudio en el informe correspondiente.

   La juez recuerda que la medida fue adoptada "a fin de poder ascender del estadio de las meras sospechas al de las confirmaciones sobre la realidad o no de determinadas afirmaciones de las que se han venido haciendo hasta la fecha".

   Al hilo, agrega que, dado el carácter de funcionario que ostentaban los miembros de la Mesa de Contratación, de la Comisión Técnica y los responsables de la Dirección General de Industria, Energía y Minas y de la Consejería a la que está adscrita, "todos ellos pudieran haber sido titulares de cuentas de correo electrónico corporativo, cuya gestión y administración recaería en la Junta y cuyo contenido pudiera seguir estando almacenado en los servidores informáticos de esta administración".

   La magistrada afirma que el acceso al contenido de estos mensajes "se reputaba imprescindible y necesario dado el estado actual de la presente investigación, siendo imprescindible el revelar si hubiera habido o no algún tipo de apoyo o indicación institucional desde la administración autonómica, paralelo a las negociaciones previas y al discurrir posterior del concurso".

EL CASO DEL CONSEJERO

   "De ahí que se justificara la injerencia que la autorización de esta medida pudiera suponer en el derecho fundamental de secreto a las comunicaciones", dice la juez, todo ello "sin perder de vista que se trata de correos corporativos adscritos al desarrollo de una labor profesional y, en principio, no idóneos para el mantenimiento de conversaciones privadas", sin perjuicio de que el informe que elabore la UCO tras el rastreo y estudio de los mismos "se ciña única y exclusivamente a los aspectos que puedan ser relevantes" para el caso.

   En este punto, la juez subraya que, "desde un principio, se viene señalando en la presente causa las estrechas relaciones que pudieran existir entre el grupo de empresas Magtel, vinculado a la familia López Magdaleno, y la administración andaluza y, en particular, con responsables de la Consejería de donde emana el concurso público objeto de esta investigación, cargos que ocupaban en ese momento José Sánchez Maldonado como consejero y Luis Nieto como viceconsejero".

   La instructora añade que "la solicitud no se hizo constar la condición de aforado de ninguno de los destinatarios de dicha medida", a lo que se suma que la UCO, con ocasión de la práctica y desarrollo de la diligencia autorizada, "acordó, expresamente, dejar excluido de la petición la cuenta de correo correspondiente" al consejero "una vez se puso de manifiesto su condición de aforado".

   Sobre la necesidad de esta diligencia de investigación, la juez asegura que "debe contemplarse la misma de la mano del delito de prevaricación" que se investiga, agregando que "no se puede olvidar que en el presente caso la injusticia se centra precisamente en la eventual perversión del procedimiento administrativo de concesión de la autorización para explotación en cuestión".

   La instructora pone de manifiesto que, tal como señala la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la adopción de una decisión de esta naturaleza "debe producirse conforme a un procedimiento formalizado y observando, por tanto, determinadas exigencias de garantía, de forma que en la medida que el acto resolutivo es vehículo de una declaración de voluntad, habrá estado precedido de otras actuaciones dirigidas a adquirir conocimiento sobre el 'thema decidendi', tales como informes o propuestas preparatorias de esa decisión final".

   "De ahí la importancia de acceder al contenido de los correos electrónicos que, a través de las direcciones corporativas, hayan podido tener directa relación con los hechos que aquí se investigan", justifica la magistrada, que defiende que "en ningún momento la intervención quedó autorizada de forma amplia, indiscriminada, prospectiva o sin sumisión a plazo alguno", ya que "se otorgó sobre la premisa siempre de correos corporativos almacenados en servidores de cuya gestión se encarga también una empresa pública, Sandetel, directamente relacionados con el contenido de la investigación y abiertos ya por su destinatario".

DECISIÓN AVALADA POR LA FISCALÍA

   A su juicio, "no se trata de una resolución aislada, sino que forma parte de un bloque de tres resoluciones --precedidas por una petición de la fuerza actuante-- y en todas ellas el Juzgado ha establecido un mismo mecanismo de control, cual es conceder su autorización, de forma precisa y concreta, y estableciéndose a la par la obligatoriedad de los agentes de dar cuenta del resultado de las gestiones practicadas, con reseña sólo de los extractos de las conversaciones significativas para la causa".

   A este respecto, y sobre la obtención de los correos cuyo contenido se va a volcar, argumenta que "durante todo el proceso, además de los agentes de la Guardia Civil encargados de llevar a efecto la medida y de los técnicos informáticos" designados por Sandetel, han estado presentes el informático de la Consejería de Empleo y el responsable jurídico de la empresa Sandetel.

   La juez añade que, al haberse interesado expresamente por las defensas recurrentes que se suspendiera el desarrollo de esta medida hasta tanto no se resolviese sobre los recursos interpuestos contra el auto donde se acordó la medida, "no es posible valorar a día de hoy el resultado o relevancia de la diligencia de investigación", pero, en todo caso, "el estudio propuesto se realizará con la adopción de todas las medidas de control precisas para preservar la cadena de custodia".

   Cabe recordar que la Fiscalía avaló la decisión de la juez al entender que "no es ni indiscriminada ni innecesaria, ni supone el inicio de una investigación prospectiva".

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