Actualizado: sábado, 17 octubre 2015 12:03

SEVILLA, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

El proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2016 registrado este viernes en el Parlamento recoge que "podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz" durante el próximo ejercicio, aunque vuelve a descartar la contratación de personal laboral temporal y el nombramiento de personal estatuario temporal o de funcionario interino "salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables".

El apartado relativo a la Oferta de Empleo Público (OPE) del presupuesto, consultado por Europa Press, rompe la línea de los dos últimos ejercicios, en los que cerraba a la puerta a la entrada de nuevo personal en el sector público andaluz, y permite su incorporación "hasta un máximo del cien por cien de la tasa de reposición, en los sectores y administraciones determinados en la legislación básica del Estado", mientras que para el resto de sectores se reduce a un "máximo del 50 por ciento".

En el caso de las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles, consorcios y fundaciones, el presupuesto establece que "la tasa de reposición del personal laboral no incluido en el VI Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía será como máximo del 50% y únicamente procederá en los sectores determinados como prioritarios", aunque deja fuera de esta regulación "a las entidades sanitarias y a las que tengan la condición de agentes de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación".

Junto a ello, la Junta también determina que la tasa de reposición correspondiente a "uno o varios sectores prioritarios podrá acumularse en uno u otro de los citados sectores o, dentro de los mismos, en aquellos cuerpos, especialidades o escalas cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de servicios públicos esenciales".

Por el contrario, respecto a la contratación de personal temporal o el nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionario interino, el presupuesto para 2016 vuelve a establecer que "no se procederá" en el sector público andaluz "salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales".

EN AGENCIAS Y SOCIEDADES, CON AUTORIZACIÓN DE HACIENDA

En la misma línea, la Junta establece que la contratación de personal con carácter fijo, indefinido o temporal en agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios y fundaciones "requerirá autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública".

Además para mantener la "necesaria coordinación en todos los ámbitos del sector público andaluz" en materia de control y seguimiento de gastos de personal y evolución de plantillas, las agencias y entidades del sector público empresarial deberán solicitar autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública "con carácter previo a la aplicación del porcentaje correspondiente de la tasa de reposición".

En cualquier caso, el Consejo de Gobierno "podrá autorizar excepciones a esta limitación con motivo de la priorización o asignación de nuevas funciones que se califiquen como imprescindibles para atender servicios de carácter esencial".

CASOS EXCEPCIONALES

Con carácter general, la contratación de personal laboral temporal para programas específicos o necesidades estacionales durante 2015 se limita a "casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes que no puedan ser atendidas por el personal laboral fijo" y su duración tendrá como límite "el plazo máximo que permita la normativa laboral en función de la causalidad de las contrataciones temporales, de conformidad con las disponibilidades presupuestarias".

Tanto las contrataciones como las prórrogas que puedan producirse se efectuarán con cargo al capítulo I del presupuesto de gastos y requerirán la autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Para el nombramiento de personal funcionario interino "por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia originadas por exceso o acumulación de tareas", el presupuesto fija como condiciones que la duración "no podrá ser superior a seis meses dentro de un periodo de doce", precisará autorización de la Consejería de Hacienda en el plazo de un mes y no podrá ocupar plazas de la relación de puestos de trabajo (RPT).

En el caso de programas financiados con fondos europeos, se establecen las mismas condiciones y la duración "no podrá exceder la de la ejecución de los programas a los que se adscriba y no superará el plazo que establezca la normativa básica estatal". Además los nombramientos requerirán autorización de la Consejería de Hacienda en el plazo de un mes y el personal funcionario interino nombrado por este motivo "no ocupará plazas de la RPT".

Más noticias

Leer más acerca de: