"Multa coercitiva" de 601 euros al alcalde de Utrera por demoras en la ejecución de una sentencia

Francisco Jiménez, alcalde de Utrera
AYUNTAMIENTO/EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 4 julio 2015 20:38

El juzgado había condenado al Ayuntamiento de Utrera a devolver 5.078 euros embargados a una vecina de Sevilla que posee allí una finca

SEVILLA, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número once de Sevilla ha impuesto una "multa coercitiva" de 601,01 euros al alcalde de Utrera, el andalucista Francisco Jiménez, a cuenta de la demora de su ayuntamiento a la hora de cumplir una sentencia de dicha instancia judicial que ordenaba devolver 5.078 euros embargados a una vecina de la capital andaluza que posee una finca en el mencionado municipio.

En un auto fechado el pasado 17 de julio y recogido por Europa Press, la citada instancia judicial desgrana que una sentencia de fecha 11 de julio de 2013 anuló una resolución del Ayuntamiento de Utrera, correspondiente a un expediente sancionador por infracción de la normativa urbanística, ordenando así la "devolución" a Catalina B.D. de 5.078 euros que le habían sido "embargados" como consecuencia de dicho expediente sancionador.

Según el auto, susceptible de recurso, el 5 de febrero de 2014 la recurrente solicitó al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número once la "ejecución forzosa de dicha sentencia ante el incumplimiento por parte del Ayuntamiento", toda vez que "tras los oportunos requerimientos (...), el Ayuntamiento no hace un proyecto de pago, ni abona suma alguna y sin que conste hasta la fecha cumplimiento alguno comunicado a este juzgado".

En una comparecencia de fecha 4 de julio de este año, además, el abogado del Ayuntamiento "manifestó no haber recibido contestación ni orden para realizar el abono", por lo que este auto asevera "la obligación de la administración de abonar una serie de cantidades a la recurrente".

Dado que no constaba "la identidad de la autoridad o funcionario del Ayuntamiento encargado de la ejecución de la resolución recurrida", el juzgado ha acordado "imponer a su alcalde, máximo responsable del mismo, una primera multa coercitiva de 601,01 euros, a reiterar cada 30 a días a contar desde la notificación de la presente resolución, hasta el total cumplimiento de la sentencia", aunque como se ha señalado el auto es recurrible.

El auto, además, ordena al tesorero del Ayuntamiento, "bajo apercibimiento de desobediencia", que "consigne en la cuenta de este juzgado el importe referido". El letrado Miguel Forastero, quien representa a la recurrente, ha informado a Europa Press de que el Ayuntamiento ha cumplido precisamente esta semana la sentencia con la devolución de los citados 5.078 euros, señalando que el alcalde no obstante afronta la imposición de la mencionada "primera multa coercitiva" de 601,01 euros.

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