PP-A recurre ante la JEC la negativa de la JEA a sancionar al PSOE-A por folletos sobre "logros de Susana Díaz"

Actualizado: lunes, 9 marzo 2015 16:00

SEVILLA, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

El PP andaluz ha interpuesto un recurso ante la Junta Electoral Central (JEC) contra la decisión de la Junta Electoral de Andalucía de desestimar una denuncia en la que pedía incoar expediente sancionador al PSOE-A por violar la legislación electoral con la distribución de folletos "vendiendo logros de la Junta de Andalucía como logros personales de la candidata socialista", Susana Díaz.

En la denuncia inicial, el PP-A solicitaba que se ordenase al PSOE-A que se "abstenga de repartir el folleto", así como que se le abriese "expediente sancionador por infracción electoral al amparo del artículo 153 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg)".

En su resolución, la JEA acordó desestimar la denuncia del PP-A argumentando que su actividad "debe orientarse más por la guía de conductas, la orientación y la tutela que por la búsqueda indiscriminada de la sanción", llegando a afirmar que "sería absurdo pensar que, de una manera u otra, las distintas fuerzas no intenten presentarse de la manera más favorable ante la ciudadanía", sin poder ser limitadas "más que en los supuestos determinados legalmente".

Ahora la JEA ha elevado alegaciones ante la JEC sobre el recurso del PP-A, consultadas por Europa Press, en las que sostiene, entre otras cuestiones, que la denuncia "incidió desde el inicio de una clara confusión conceptual: la de no distinguir entre actividad institucional y actividad política".

En su opinión, "lo que prohíbe el artículo 50 de la Loreg es que los poderes públicos utilicen el aparato institucional a favor de las entidades políticas concurrentes a las elecciones por la desigualdad que implicaría", por lo que recuerda que la denuncia del PP-A "se refiere a un concreto partido político, el PSOE-A, y un partido no es una institución pública".

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