Rebajan la pena a dos varones sorprendidos cuando intentaban robar en un bar junto a una estación de metro de San Juan

Archivo - Bar donde cometían el robo los detenidos
Archivo - Bar donde cometían el robo los detenidos - POLICÍA LOCAL DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE
Europa Press Andalucía
Publicado: miércoles, 30 julio 2025 10:34

SEVILLA 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Sevilla ha rebajado la pena a dos varones condenados por un delito de robo con fuerza, tras abrir un agujero en la valla metálica, romper la puerta y acceder al interior de un bar en la localidad de San Juan de Aznalfarache. Con el agravante añadido de que fueron sorprendidos en el acto por la policía nacional, "sin que les diera tiempo a apoderarse de ningún efecto".

En una sentencia que tiene como ponente al juez Juan Jesús García Vélez y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de uno de los varones, contra una sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número cuatro, que condena al primero a la pena de diez meses de prisión y al segundo a la pena de seis meses de prisión, por un delito de robo con fuerza en establecimiento.

Al detalle, el Juzgado de lo Penal número seis declaró probado que el 21 de julio de 2024, ambos acusados, el primero con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia y el segundo, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, "abrieron un agujero en la valla metálica del bar-café Kapitán, sito en la calle Clara Campoamor de la localidad de San Juan de Aznalfarache", cercano a la estación de metro de San Juan Alto, "accediendo a su interior y siendo sorprendidos por agentes de la Policía, sin que les diera tiempo a apoderarse de ningún efecto".

EL RESULTADO DE LA PRUEBA

Ante ello, el primer acusado había formulado un recurso de apelación contra esta sentencia inicial condenatoria del juzgado, ante la Audiencia Provincial, entre otros aspectos porque "las circunstancias en que fueron identificados los dos acusados, según se describe en el relato de los hechos probados, no se compadecen con el resultado de la prueba", apoyándose en el testimonio de algunos testigos como la cuñada de la propietaria del bar afectado".

Analizando el recurso, la Audiencia explica que el atestado inicial, cuando describe la intervención policial, "no se compadece con lo declarado en juicio por la agente de policía local" interviniente ya que "no precisó con claridad qué grado de acceso al establecimiento habían ejecutado los acusados" y que "la testigo negó que estuviera forzada la puerta de cristal del establecimiento".

Por lo que de este modo, "estas pruebas sí avalan que el relato de los hechos probados refiera que los acusados abrieron un agujero en la valla metálica, pero no que rompieron la puerta metálica accediendo a su interior".

"BAJO NIVEL" DE EJECUCIÓN DEL DELITO

Además, se concluye alegando que el peligro para el bien jurídico protegido fue reducido, a la vez que "el grado de ejecución quedó en un nivel notoriamente bajo si, por ejemplo, lo contrastamos con una hipotética detención de los acusados en el interior del local".

Dado el caso, la Sección Primera de la Audiencia ha estimado el recurso de apelación presentado por uno de los inculpados "en el sentido de fijar la pena que se impone por un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público fuera de las horas de apertura en grado de tentativa, en cinco meses para el primer acusado y tres meses para el segundo".

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