Sevilla.- Facturas.- El Juzgado concluye la instrucción y dicta auto para que las partes formulen sus escritos

Actualizado: martes, 2 octubre 2007 21:16

SEVILLA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla ha dado por concluida la investigación de la causa por las supuestas 'facturas falsas' en el Distrito Macarena de la capital hispalense, después de que el Ayuntamiento de Sevilla le haya remitido el informe en el que justifica "la real ejecución" de las obras objeto del caso.

Fuentes del caso indicaron a Europa Press que el juzgado ha dictado un auto en el que insta a las partes a elaborar sus respectivos escritos de acusación o en su caso a solicitar el sobreseimiento de la causa, tras lo que el caso pasará a la Oficina del Jurado de la Audiencia Provincial de Sevilla para que, una vez designado presidente y expuestas las cuestiones previas, se fije fecha para el juicio.

El auto de continuidad del procedimiento del jurado se ha dictado después de que el Consistorio haya hecho entrega del informe sobre las 28 obras en las que se detectaron supuestas irregularidades, según la denuncia del PA, y que fue admitida como prueba tras el recurso de uno de los imputados --el ex secretario del Distrito, José Marín-- ante la Audiencia Provincial de Sevilla.

El oficio reclamando esta documentación se libró en el mes de junio tras su aceptación por la Sección Séptima, pese a la oposición mostrada por la Fiscalía en la vista de resolución del recurso de apelación "en virtud de la celeridad del proceso".

No obstante, la Sala desestimó la práctica del resto de pruebas reclamadas por Marín, entre las que se encontraba un nuevo informe pericial de las obras, ya que según la defensa de éste "desde que se desarrollaron los trabajos hasta que se realizaron los informes sobre los mismos han pasado varios años y, por tanto, se han podido dar numerosas modificaciones". Así, destacó la necesidad de realizar este informe "entre otros motivos para que se cuantifique la cantidad que supuestamente es objeto de delito".

La Audiencia consideró de esta forma la solicitud del fiscal que se negaba a esta prueba al considerar que con el informe pericial que se realizó es su día "es suficiente", señalando que si alguna de las partes cree necesario una nueva pericial "que la presente por su parte, pero que no se paralicen de nuevo la instrucción", reclamando además la apertura del procedimiento para la vista oral.

Asimismo, la Sección Séptima desestimó el recurso de súplica interpuesto por el ex concejal de Salud y Consumo del Ayuntamiento de Sevilla José Antonio García contra su procesamiento en la causa. De esta forma, el único recurso que ha sido admitido a trámite hasta ahora es el de Marín.

Así, sobre el recurso de García el auto judicial señalaba que "ningún argumento se aporta en el recurso de súplica que determine a este tribunal a apartarse de los razonamientos reproducidos", en referencia a un anterior recurso del ex edil que también fue rechazado por la misma Sala.

28 ADJUDICACIONES DE OBRAS MENORES

El proceso, en el que se encuentran por ahora procesados, al margen de García y Marín, el contratista José Pardo y el colaborador del distrito Manuel Portela, surgió a raíz de una denuncia interpuesta por el PA, relativa al escrito recibido a nombre del administrador único de Contratas y Obras Sevilla S.L. (COS), David Velázquez, en el que afirmaba que había facturas correspondientes con obras que COS no desarrolló.

La Fiscalía argumentó su denuncia, con respecto a la trama investigada hasta hoy, en que entre el 5 de diciembre de 2002 y el 31 de marzo de 2003, los empresarios José Pardo y Jesús Barrera, sin conocimiento del administrador único de COS, firmaron con José Marín, secretario del Distrito Macarena, 28 adjudicaciones de obras menores de carácter urgente, consignando en los documentos correspondientes, como empresa adjudicataria a COS, y señalando como representante de la misma a José Pardo García.

La juez decretó el sobreseimiento de las actuaciones contra el colaborador Antonio Pazo y Barrera, socio de Pardo, al entender que "no resulta debidamente acreditado" que la intervención de ambos en los hechos sea constitutiva de infracción penal.