Condenada la Diputación a entregar al PP la información pedida sobre las transferencias de Huévar

Publicado: viernes, 11 enero 2019 15:46

SEVILLA, 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco de Sevilla ha condenado a la Diputación provincial, gobernada por el socialista Fernando Rodríguez Villalobos, a entregar al Grupo popular la información solicitada sobre las transferencias de la institución al Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe, gobernado por Áurea María Borrego (PSOE), declarando que la denegación del acceso a dichos datos ha "lesionado el derecho fundamental" de los populares a contar con la documentación requerida.

En su sentencia, emitida el 8 de enero y recogida por Europa Press, dicha instancia judicial aborda el litigio promovido por el Grupo popular de la Diputación de Sevilla, frente a la "denegación" decidida por la Presidencia de la institución a su petición de tener acceso a la documentación correspondiente a las transferencias de la entidad y sus organismos y sociedades satélite al Ayuntamiento de Huévar durante este mandato, "especificando fecha, concepto y cantidad".

Y es que los populares reclamaban información detallada sobre los "casi 13 millones de euros" que según la socialista Trinidad Argota "habrían sido transferidos al Ayuntamiento de Huévar" dada su difícil situación económica, como ha señalado varias veces el PP sevillano.

Al respecto, la sentencia precisa que "la resolución impugnada acuerda denegar el acceso a lo solicitado por tratarse de una petición genérica y sin concreción, ya que afecta a una pluralidad extensa de expedientes, cuya preparación para su puesta en conocimiento podría provocar incidencias y retrasos en el funcionamiento normal de las áreas afectadas", toda vez que el documento incluía el matiz de que no habría "inconveniente" en facilitar la información "en la medida de que se concreten las peticiones de manera singularizada".

EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA INFORMACIÓN

Y tras alegar el PP su "derecho fundamental a la información", el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco ha resuelto en esta sentencia que "la pretensión (del PP) se circunscribe a documentos concretos y determinados y queda concretada la materia o actividad a la que se refiere", por lo que "no queda justificada la negativa a facilitar" la información, "máxime cuando se ha notificado que se comunicará por escrito, sin que se haya hecho efectiva tal comunicación, lo que supone una vulneración del precepto constitucional" que ampara al PP.

Así, la sentencia anula la resolución denegatoria de la petición de información del PP "por no resultar ajustada a derecho" y declara que "la denegación de acceso a la información requerida, así como la falta de información sobre la misma, lesiona el derecho fundamental a la información" del PP, condenando a la Diputación de Sevilla a "la entrega de la información solicitada", así como al pago de las costas del proceso judicial, toda vez que se trata de un fallo susceptible de recurso de apelación.

Leer más acerca de: