TSJA confirma cuatro años de prisión por abusar de la hija de su novia mientras estaba a su cuidado en Sevilla

Archivo - Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de las secciones penales de la Audiencia de Granada.
Archivo - Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de las secciones penales de la Audiencia de Granada. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: lunes, 13 abril 2026 14:37

GRANADA 13 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la condena de cuatro años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de la hija de su entonces pareja sentimental mientras quedaba a su cargo e, incluso, enseñar vídeos pornográficos a la niña.

Según la sentencia, facilitada por la Oficina de Comunicación del TSJA y consultada por Europa Press, la menor, de 11 años en el momento de los hechos, vivía durante el verano del año 2012 junto a sus hermanos, su madre y el acusado, entonces pareja sentimental esta última, en el domicilio familiar.

En dicho verano, mientras la mujer se encontraba trabajando por la mañana, la niña "quedaba al cuidado" del encartado. Así, "aprovechando la convivencia en el domicilio familiar y la ausencia de la madre de la menor y que quedaba por tanto a su cuidado", este hombre "le dijo a la niña que le hiciese masajes en el pene", entre otras conductas. De hecho, llegó incluso a visualizar junto a la misma "vídeos pornográficos" para, después, masturbarse.

Posteriormente, durante ese mismo año 2012, una vez iniciado el curso escolar, la menor "no pudo asistir al colegio porque se encontraba enferma, por lo que permaneció en el domicilio familiar acostada en la habitación" que ocupaba mientras residía en casa de su abuela.

Así las cosas, "aprovechando dicha circunstancia, así como la ausencia de la madre, el investigado se introdujo en la cama de la menor" y realizó tocamientos de índole sexual sobre la misma. La menor, para evitar que continuase esta conducta, "se levantó con la excusa de hacer tareas domésticas y, cuando la misma estaba lavando los platos de la cocina", el hombre continuó en su empeño y realizó, de igual forma, tocamientos.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla condenó a este hombre a cuatro años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a menor, así como a indemnizar con 6.000 euros a la niña. No obstante, la representación procesal del acusado interpuso un recurso de apelación. Así, alegaba la "incongruencia" de la decisión dado que no se había valorado la prueba pericial psicológica de la defensa del acusado.

Sin embargo, ya la Sala advertía que concedía valor probatorio a las pruebas periciales practicadas por las psicólogas de Adima y del Instituto de Medicina legal frente a la primera por "su valor y rigor científico". Mientras que el psicólogo de la defensa "se limitó a plantear una serie de hipótesis", estas dos últimas "entrevistaron a la víctima al menos en tres ocasiones" y "difícilmente" pudo apreciarse "falta de espontaneidad y emotividad" en el relato de la chica.

La parte apelante expresó también que la condena no tenía "prueba suficiente" al sustentarse "únicamente en las declaraciones de la menor y de su hermana" y valorar que estos testimonios "no son creíbles". Frente a ello, el TSJA asevera que el testimonio de la menor constituye "un relato claro, coherente y sin contradicciones".

Por todo ello, el tribunal ha optado por desestimar el recurso de apelación y confirmar de forma íntegra la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial.

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