Ustea insta a Junta a aplicar sentencia para resarcir a afectados por ordenamiento docente interino en bolsas bilingües

Actualizado: miércoles, 11 marzo 2015 17:49

SEVILLA, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

El sindicato Ustea ha instado a la Junta de Andalucía a aplicar una reciente sentencia sobre el ordenamiento del profesorado interino en las bolsas de enseñanza bilingüe, de "gran trascendencia" en tanto que, según el fallo, la administración "lleva todo este curso ordenando mal al profesorado" y, por tanto, el juez reconoce a la demandante el derecho a resarcirla por el perjuicio económico y administrativo.

Así lo ha indicado a Europa Press la responsable de Acción Sindical de Ustea, Purificación Sánchez, respecto a un caso que se remonta al verano de 2013, cuando al terminar el proceso de oposiciones la administración educativa elaboró las listas del personal interino del cuerpo de maestros.

En el listado provisional de las bolsas bilingües, el personal que había aprobado por su especialidad y además tenía una titulación B2 en una lengua extranjera, estaba ordenado conforme a su nota de oposición, en las listas bilingües del idioma correspondiente.

Sin embargo, "sin razón normativa alguna", la Junta excluyó de las bolsas bilingües a este personal, "argumentando que se trataba de puestos específicos a los que solamente se podía acceder por bolsas extraordinarias".

Ante esta exclusión, Ustea ha pedido "reiteradamente" a la administración educativa la normativa en la que se basaba para realizarla, a lo que la Consejería "ha respondido invariablemente invocando la definición de 'puesto específico'".

Tras judicializar el asunto, el fallo judicial establece ahora que "la orden de 8 de junio de 2011 no prevé la convocatoria extraordinaria de bolsas para cubrir puestos específicos, ajenos a las bolsas ordinarias, por requerirse experiencia docente, laboral, artística deportiva, así como formación complementaria o titulación distinta a la alegada para el ingreso en la función pública docente".

Por tanto, al no existir base normativa alguna para considerar las bolsas bilingües como bolsas ajenas a las propias de las especialidades, "es falso que las bolsas bilingües tengan una regulación propia y distinta al resto de las bolsas".

En consecuencia, la sentencia establece que "la recurrente tiene derecho a estar en la bolsa, puesto que se ha presentado al proceso selectivo y tiene la titulación requerida según la orden de 1 de abril de 2013 para ser incluida en la bolsa bilingüe de la especialidad de Educación Primaria", y obliga a la administración a obrar en consecuencia: "por lo tanto, se tiene que incluir en las bolsas a aquellos aspirantes que han superado alguna prueba en el proceso selectivo y que reúnen los requisitos de la titulación en el idioma respectivo exigido por la orden de 1 de abril de 2013".

Además, el fallo reconoce a la demandante el derecho a recibir reparación del daño causado, tanto económico como administrativo, señalando que "debo anular y anulo la resolución impugnada por no ser ajustada a derecho y ordeno se reconozca a la recurrente el derecho a que se le incluya en la bolsa de trabajo derivado del proceso selectivo de referencia en relación con los puestos bilingües especialidad Educación Primaria-Inglés, condenando a la administración a su inclusión".

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