Cámara de Cuentas detecta "incumplimientos significativos" en normas contables y en contrataciones de Turasa

Actualizado: lunes, 2 febrero 2009 17:58

Registra en el inmovilizado material "bienes de los que no es propietaria" y elude el concurso público mediante el fraccionamiento

SEVILLA, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía detectó una serie de "incumplimientos significativos" de la normativa contable en la empresa pública Turismo Andaluz SA (Turasa) durante el ejercicio 2006, así como la realización de contratos "sin atender a los principios de publicidad y concurrencia", entre otras deficiencias, como que "se utiliza el procedimiento negociado para eludir el concurso público mediante el fraccionamiento del objeto del contrato".

Según el informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, consultado por Europa Press, el plan de actuaciones para el ejercicio 2007 incluía la fiscalización de esta empresa pública correspondiente a la actividad desarrollada durante el ejercicio 2006.

En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía los estados financieros de Turismo Andaluz SA "expresan, en sus aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y del resultado económico-patrimonial", excepto por los efectos de una serie de limitaciones, como el hecho de que "no se ha podido determinar el importe de las existencias que debe aparecer en el balance, y constituyen las existencias de la empresa las publicaciones editadas y los objetos de promoción".

El ente fiscalizador apuntó que la empresa "no realiza inventario valorado, no hay un control adecuado de las existencias, desconociéndose el número de unidades y su valor y las salidas de mercancías no se acompañan de documentos para que a su recepción se pueda verificar el correcto transporte". Asimismo, el informe apuntó que "no se realizan inventarios periódicos por lo que se desconocen las pérdidas o mermas que se puedan producir".

Además, "la empresa valora las existencias al coste de adquisición, descontando de este valor la subvención recibida para su adquisición, pero, de acuerdo con las normas de valoración del Plan General de Contabilidad, las existencias se han de valorar por el precio de adquisición".

En cuanto a los resultados de la fiscalización realizada, en materia de control interno, la Cámara de Cuentas apuntó que los expedientes de contratación "no están conformados como tales; los forman diferentes carpetas con distinta documentación sin una correlación ni orden, no estando completos", además del hecho de que "los actos preparatorios no se encuentran incorporados al expediente y se han detectado diferentes presupuestos de licitación de un concurso en el pliego y en el anuncio publicado en el boletín oficial".

Asimismo, la sociedad "no tiene manual de procedimiento que desarrolle las funciones encomendadas a los distintos puestos de trabajo".

El informe apuntó que "con carácter general los expedientes de personal no ofrecen información sobre experiencia profesional, titulación, cursos de formación o estudios complementarios, mientras que los méritos que se exponen en los curriculum no están suficientemente acreditados".

FRACCIONAMIENTO DEL OBJETO EN LOS CONTRATOS

En el apartado de observación de la legalidad, el informe apuntó que "se han utilizado en un expediente dos ofertas económicas distintas de una misma empresa", de forma que "se convoca un concurso público para la prestación de diversos servicios de comunicación, la empresa pública, incumpliendo el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, fracciona el objeto del concurso, adjudicando una parte del objeto a una empresa e iniciando negociaciones con otras empresas".

Asimismo, apuntó que "no se ha publicado la adjudicación en los boletines oficiales y se formalizan contratos con un objeto que no se encuentra recogido en los pliegos del concurso".

Además, al adjudicarse un contrato por el sistema de subasta, "ésta recae en la empresa que presentó una oferta desproporcionada, no depositando la fianza o garantía definitiva que obliga la ley en estos supuestos y desoyendo el acuerdo de la mesa de contratación".

La Cámara de Cuentas apuntó que "se utiliza el procedimiento negociado para eludir el concurso público mediante el fraccionamiento del objeto del contrato" y agregó que se han detectado contratos realizados "sin atender a los principios de publicidad y concurrencia, sin que se argumente la falta de dichas exigencias".

Añadió que se adjudicó por contratación directa un contrato de obra "que es una modificación de un contrato anterior que no se llegó a ejecutar, no habiéndose observado los procedimientos adecuados para la realización de tal modificación" y se comprobó la realización de pagos por encima del valor contratado, "sin que haya documento alguno que conforme dichos pagos, aún cuando el contrato hablaba de precios cerrados".

INCIDENCIAS FINANCIERAS

Por último, en el apartado económico-financiero, el informe apuntó que "no se ha aplicado correctamente lo establecido en las normas particulares sobre el inmovilizado inmaterial del Plan General de Contabilidad que le es aplicable".

Además, se detectó una incidencia al registrar como inmovilizado material bienes cedidos a Turismo Andaluz SA por la Consejería de Economía y Hacienda --en concreto la oficina de turismo de Cádiz-- y el Patronato de la Alhambra --oficina de turismo de la Alhambra--, "pero, sin embargo, las obras de mejora llevadas a cabo por la sociedad en estos bienes aparecen registrados en el inmovilizado inmaterial".

El informe apuntó que Turismo Andaluz "no ha separado el valor de los terrenos de las edificaciones, lo que ha incidido en el cálculo de la amortización de las construcciones". Además, registró en el inmovilizado material "bienes de los que no es propietaria, como el caso de algunos inmuebles arrendados de oficinas de turismo, y bienes que tiene en cesión de uso".

Agregó que la empresa "no ha aplicado correctamente las normas del Plan General de Contabilidad" y apuntó que esta "incorrecta" aplicación de la normativa contable "ha tenido como resultado el registro de bienes cuya propiedad no corresponde a la empresa y que el suelo haya formado parte del cálculo de la amortización practicada a las construcciones del inmovilizado". En ese sentido, apuntó que la empresa no dispone de la documentación oficial de cesión de dos oficinas de turismo.