Calendario laboral Aragón 2027: Aprobados 12 festivos y el traslado de la Asunción al 16 de agosto

La Comunidad contará con 12 fiestas laborales retribuidas y no recuperables, a las que se sumarán dos festivos locales que propondrán los ayuntamientos.
La Comunidad contará con 12 fiestas laborales retribuidas y no recuperables, a las que se sumarán dos festivos locales que propondrán los ayuntamientos. - GOBIERNO DE ARAGÓN
Europa Press Aragón
Publicado: miércoles, 9 septiembre 2026 18:57

ZARAGOZA 9 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Aragón ha aprobado el calendario laboral para 2027, que incluirá 12 fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles en todo el territorio de la comunidad autónoma. Entre las principales novedades figura el traslado al lunes, 16 de agosto, del descanso correspondiente a la festividad de la Asunción de la Virgen, al coincidir el 15 de agosto en domingo.

Con esta decisión, el Ejecutivo autonómico facilita con antelación la planificación de la actividad económica, empresarial y laboral en Aragón, al tiempo que garantiza la seguridad jurídica en la determinación de los días festivos que serán de aplicación durante el próximo ejercicio.

La aprobación se ha producido en el último Consejo de Gobierno mediante un decreto que fija las fiestas laborales de ámbito autonómico para 2027. Posteriormente, cada ayuntamiento propondrá hasta dos festividades locales, que completarán el calendario de cada municipio.

La elaboración del calendario responde a lo establecido en la legislación laboral estatal y en el Estatuto de Autonomía de Aragón, que reconoce el 23 de abril, festividad de San Jorge, como Día de Aragón y festivo laboral en toda la Comunidad.

Las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperable que se celebrarán en Aragón durante 2027 serán el 1 de enero, por Año Nuevo; el 6 de enero, por la Epifanía del Señor; 25 y 26 de marzo, coincidiendo con Jueves y Viernes Santo; el 23 de abril, por San Jorge, día de Aragón; el 1 de mayo, por la Fiesta del Trabajo; el 16 de agosto, en sustitución de la festividad de la Asunción de la Virgen; el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; el 1 de noviembre, por Todos los Santos; el 6 y el 8 de diciembre, coincidiendo con el Día de la Constitución Española y la Inmaculada Concepción respectivamente; y por último el 25 de diciembre, por la Natividad del Señor.

El decreto establece asimismo que estos días tendrán la consideración de inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos en Aragón. Los ayuntamientos dispondrán hasta el 15 de octubre de 2026 para comunicar sus dos festividades locales, que serán publicadas posteriormente en el Boletín Oficial de Aragón.

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