El CGPJ dispone como medida cautelar mantener la itinerancia del juzgado de lo penal a Calatayud

Actualizado: lunes, 24 agosto 2009 16:19

CALATAYUD (ZARAGOZA), 24 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decretado, como medida cautelar, mantener la itinerancia del Juzgado de lo Penal número 8, cuya suspensión estaba prevista a partir del 1 de septiembre por acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). La suspensión dejaba sin efecto este servicio que permite celebrar los juicios de los procedimientos abreviados en los juzgados de Calatayud, como se hace desde 1989.

El Ayuntamiento de Calatayud ha recibido hoy el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por el que se acepta la solicitud de suspensión del acuerdo adoptado en mayo por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). La solicitud fue presentada a través de un recurso de alzada desde esta institución y el Colegio de Abogados de Zaragoza para revocar la supresión de la itinerancia del juzgado.

El alcalde de Calatayud, Víctor Ruiz, considera "acertada" la decisión del Consejo General del Poder Judicial hasta que se resuelva de forma definitiva el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento bilbilitano y por los letrados, puesto que "va a permitir mantener este servicio que acerca la justicia al ciudadano y confía en que la solución definitiva de este conflicto vaya en la misma línea".

En este sentido, considera "muy significativos" los argumentos expuestos por la Comisión Permanente del CGPJ para mantener vigente la itinerancia, desde donde se afirma que suspender el acuerdo del TSJA es "beneficioso para el interés público y para la Administración de Justicia".

La aplicación del acuerdo del TSJA supondría dejar sin efecto un acuerdo anterior, de junio de 1989, por el que se instauró el desplazamiento de un juzgado de lo penal de Zaragoza, donde tiene su sede, al partido judicial de Calatayud, para la celebración de los juicios penales de los procedimientos abreviados instruidos por los juzgados de instrucción de esta ciudad.

Según la resolución de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) este acuerdo "rompe con una situación organizativa judicial que afecta a muchos y diferentes operadores jurídicos, así como a los ciudadanos de Calatayud y su entorno y que está vigente desde hace 20 años".

Desde este órgano, se considera que dar efectividad a este acuerdo "supone un perjuicio para el interés público, concretamente para todos aquellos operadores jurídicos y particulares que deben intervenir en el proceso, dado que tienen que desplazarse hasta Zaragoza para la celebración de los juicios penales", informa el Ayuntamiento de Calatayud en un comunicado.

Además, se recuerdan los dos objetivos principales del desplazamiento de los juzgados penales a otras localidades distintas a su sede. Por un lado, el beneficio al justiciable y, por otro, conseguir una mayor eficacia en la administración de la justicia, facilitando la intervención en cada procedimiento de aquellos sujetos que participan en el mismo.