Departamentos de la DGA adaptan su normativa al Decreto Ley de medidas urgentes para facilitar la actividad económica

Actualizado: martes, 23 diciembre 2008 14:02

ZARAGOZA, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Aragón ha celebrado esta mañana un Consejo de Gobierno Extraordinario en el que se han aprobado los decretos que adaptan la normativa de cada Departamento de la Administración autonómica a lo establecido en el Decreto Ley 1/2008 de 30 de octubre de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón.

Dicho Decreto Ley plantea reformas en el funcionamiento administrativo para potenciar las inversiones y la creación de empleo en la Comunidad autónoma en la actual coyuntura de crisis global. Este Decreto Ley estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2009.

El Decreto Ley establecía que los diferentes Departamentos debían adaptar su normativa. En el Consejo de Gobierno extraordinario celebrado hoy se ha aprobado el Decreto que adapta los procedimientos administrativos del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, el Decreto que adapta la normativa de Medio Ambiente y un Decreto que engloba las adaptaciones administrativas necesarias de los Departamentos de Presidencia, Economía, Hacienda y Empleo, Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, así como de Educación, Cultura y Deporte. Estos decretos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, prevista para el próximo 29 de diciembre.

En el caso del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, el Decreto afecta a los procedimientos relacionados con la implantación de establecimientos comerciales de gran superficie, también con el ámbito de la normativa turística y la seguridad industrial en lo que se refiere a empresas instaladoras, mantenedoras y entidades de formación, explica el Ejecutivo autónomo en un comunicado.

El Decreto aprobado hoy flexibiliza ciertos trámites en la implantación de grandes superficies comerciales y reduce a la mitad (se pasa de un año a seis meses) el plazo máximo para la notificación del informe o licencia comercial.

Por otro lado, se simplifican los trámites de autorización, modificación y ampliación de las empresas y actividades turísticas. Por último, las empresas instaladoras o mantenedoras y las entidades de formación, que realizan una labor muy significativa en el conjunto de la actividad industrial en Aragón, verán reducido el plazo para la emisión del certificado de empresa instaladora autorizada y del certificado de entidad de formación autorizada.

En lo que respecta al Decreto que adapta la normativa del Departamento de Medio Ambiente lo más destacable es que establece la figura de las consultas voluntarias. De esta manera, los promotores podrán orientarse sobre la viabilidad ambiental de iniciativas y actuaciones, así como obtener información sobre la opinión del territorio en el que se prevea desarrollar.

Se establece también la reducción de plazos en los procedimientos que se recojan como de tramitación urgente así como en otros procesos ordinarios, así como la incorporación de la declaración responsable en determinados procedimientos y que no excluye la necesidad de presentar la solicitud de licencia o autorización.

REGISTRO DE LICITADORES

En lo que concierne al Departamento de Economía, Hacienda y Empleo y al Departamento de Presidencia, uno de los decretos aprobados hoy revisa la normativa que regula el Registro de licitadores para facilitar la concurrencia de licitadores y agilizar la tramitación de los expedientes de contratación administrativa mediante la inscripción voluntaria de las personas físicas o jurídicas que acrediten el cumplimiento de los requisitos para contraer señalados en la Ley de Contratos del Sector Público.

Además, el Consejo de Gobierno ha acordado modificar la normativa del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes para reducir los plazos en los procedimientos de prórroga de vigencia para la prestación de servicios de transporte público regular de viajeros. También se modifica el Reglamento de Carreteras de Aragón para establecer plazos máximos de autorizaciones que antes no existían.

Por último, el Decreto modifica el Reglamento de regulación de las Comisiones Provinciales de Patrimonio Cultural de tal modo que se reducen los plazo para resolver y notificar los expedientes que se gestionan en estos órganos si afectan a obras consideradas prioritarias por la Dirección General de Patrimonio Cultural.

AFRONTAR LA SITUACIÓN ECONÓMICA

El Decreto Ley de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón fue aprobado el pasado 30 de octubre en un Consejo de Gobierno Extraordinario y tiene como objeto impulsar la actividad económica pública y privada en Aragón para potenciar las inversiones y la creación de empleo en la Comunidad autónoma.

Los ejes principales de este Decreto Ley son las inversiones de interés autonómico, la tramitación administrativa preferente, y la declaración responsable.

Respecto a las inversiones de interés autonómico, el Ejecutivo aragonés tiene la potestad de declarar de interés autonómico aquellos proyectos de especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial de Aragón.

La actual coyuntura exige la creación urgente de este instrumento, dado que permitirá que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo potenciar la creación de nuevo empleo.

El que una inversión sea declarada de interés autonómico tendrá importantes consecuencias. En concreto, esta declaración supondrá que la inversión y los procedimientos administrativos que conlleve gozarán de tramitación preferente y urgente, reduciéndose además a la mitad los plazos ordinarios de trámite de dichos procedimientos, salvo los relativos a presentación de solicitudes y recursos. Este principio está inspirado en las medidas especiales que se realizaron en la Expo de Zaragoza.

Por otra parte, aquellos contratos administrativos que implican mayor inversión y creación de empleo gozarán de un carácter prevalente y se tramitarán por vía de urgencia. Es el caso de obras, concesión de obra pública o los derivados de la colaboración entre el sector público y privado.

Por último, se introduce una nueva figura de declaración responsable que permitirá al empresario iniciar directamente su actividad sin necesidad de esperar a licencias o autorizaciones, cumpliendo determinadas garantías y con la pertinente comprobación posterior por parte de la Administración. Caso de que en las inspecciones posteriores se detecten falsedades se impondrá un régimen sancionador que puede requerir el cese de actividad.