Asturias someterá a información pública la mayor reforma del Reglamento de Patrimonio Cultural desde 2015

El texto amplía los usos de hórreos, paneras y cabazos para evitar su abandono y favorecer su conservación en el medio rural

Hórreos y paneras.
Hórreos y paneras. - EUROPA PRESS
Europa Press Asturias
Publicado: sábado, 5 septiembre 2026 11:59

   OVIEDO, 5 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte someterá desde el próximo lunes, 7 de septiembre, a información pública la mayor reforma del Reglamento de Patrimonio Cultural de Asturias desde su aprobación en 2015. La principal novedad amplía los usos permitidos para hórreos, paneras y cabazos con el objetivo de favorecer su mantenimiento, evitar su abandono y facilitar que estas construcciones tradicionales "sigan formando parte activa de la vida económica y social del medio rural".

   Según ha informado el Principado en una nota de prensa, la resolución se publicará el próximo lunes en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y abrirá un período de información pública de un mes durante el que ciudadanía, profesionales, entidades y administraciones podrán presentar aportaciones al texto.

   La modificación incorpora parte de las líneas estratégicas recogidas en el Plan del Horru, que identifica la pérdida de funcionalidad económica de miles de estas construcciones tradicionales y advierte de su progresivo deterioro por abandono o falta de recursos para su mantenimiento.

   La propuesta plantea "un cambio de enfoque". Además de garantizar su protección, busca facilitar usos que contribuyan a asegurar su conservación a largo plazo. "La premisa es clara: un hórreo en uso tiene más posibilidades de mantenerse y preservarse que uno abandonado", han destacado desde el Gobierno asturiano.

   La norma diferencia entre los bienes que cuentan con los máximos niveles de protección y aquellos catalogados con protección parcial o inferior. Los hórreos, paneras y cabazos declarados Bien de Interés Cultural (BIC), incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias (IPCA) o protegidos integralmente por los catálogos urbanísticos municipales mantendrán exclusivamente sus usos tradicionales de granero, despensa o almacén, con el fin de preservar íntegramente sus valores históricos y etnográficos.

NUEVOS USOS COMPATIBLES

   La principal novedad afecta a los bienes con protección parcial o inferior, para los que se crea por primera vez un régimen detallado de usos compatibles. Estas construcciones podrán destinarse a actividades complementarias vinculadas al turismo rural, la hostelería, la cultura o la comercialización de productos locales.

   También podrán funcionar como espacios auxiliares asociados a viviendas existentes, puntos de información turística o cultural, áreas de almacenamiento compatibles con su conservación y pequeños establecimientos vinculados a la producción agroalimentaria o la artesanía tradicional. Además, el reglamento prevé la posibilidad de incorporar otros usos compatibles mediante futuros desarrollos técnicos.

   En todo caso, las nuevas actividades no podrán transformar estas edificaciones en construcciones convencionales ni alterar su tipología, materiales o elementos característicos. Las intervenciones deberán respetar siempre sus valores patrimoniales y contribuir a su conservación.

   La reforma regula asimismo con mayor detalle los traslados, desarrolla técnicamente la obligación de vinculación a una vivienda, establece nuevos criterios de protección y crea una comisión asesora para estudiar las tipologías constructivas tradicionales existentes en Asturias y orientar futuras actuaciones de conservación.

PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA

   La propuesta incorpora también una actualización de la regulación arqueológica. Entre otras medidas, completa los requisitos documentales para la protección de yacimientos, detalla los procedimientos de intervención y refuerza la coordinación entre patrimonio cultural, urbanismo y ordenación territorial.

   Por primera vez, el reglamento incluye una regulación específica para el uso de detectores de metales y tecnologías similares. La utilización de estos dispositivos para la búsqueda de restos arqueológicos o culturales requerirá autorización previa de la consejería competente.

   La norma fija las condiciones para obtener dicha autorización, establece mecanismos de control y concreta las excepciones aplicables a determinados usos profesionales. Además, refuerza la obligación de comunicar cualquier hallazgo arqueológico para mejorar la protección preventiva del patrimonio y combatir el expolio de bienes culturales.

NUEVAS GARANTÍAS

   La reforma actualiza también la regulación de los procedimientos de ruina en inmuebles protegidos, incorporando criterios técnicos más precisos para determinar su estado y las actuaciones posteriores que resulten necesarias.

   Asimismo, refuerza las garantías en los casos de derribo o demolición. Cuando estas actuaciones sean autorizadas, será obligatorio documentar exhaustivamente el inmueble mediante fotografías, planos y memorias técnicas que permitan conservar la información asociada al bien.

   El texto también mejora la regulación de las medidas cautelares y de las actuaciones urgentes destinadas a evitar pérdidas irreversibles del patrimonio cultural.

   La modificación incorpora, además, una revisión de numerosos procedimientos administrativos con el objetivo de simplificar trámites, reducir incertidumbres y mejorar la coordinación entre administraciones.

   Entre las novedades destacan la mejora de los procedimientos de autorización de obras e intervenciones sobre bienes protegidos, una regulación "más precisa" de la documentación técnica exigible y la homogeneización de criterios para los distintos niveles de protección patrimonial.

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