La Audiencia revoca la pena de prisión para los cinco sindicalistas de Arcelor

Actualizado: lunes, 28 septiembre 2015 13:22

El Tribunal mantiene la pena de 1 año y 9 meses de cárcel para José Ángel Álvarez y Jerónimo Blanco por un delito de lesiones

   OVIEDO, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Oviedo con sede en Gijón ha revocado parcialmente la pena de prisión impuesta por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón para cinco sindicalistas de UGT, miembros de un piquete de Arcelor, durante la jornada de huelga general del 29 de marzo de 2012, por el delito contra la libertad de los trabajadores, y la sustituye por el pago, cada uno de ellos, de 5.400 euros.

   Los recursos que se estiman en esta sentencia de apelación son únicamente lo referidos a las penas aplicadas para el delito contra la libertad de los trabajadores, por los que los cinco sindicalistas habían sido condenados cada uno de ellos a tres años y seis meses, revocándose ahora esta pena de prisión y sustituyéndose por una multa de 5.400 euros.

   Para los dos sindicalistas, José Ángel Álvarez Novo y Jerónimo Blanco González que además de por el delito contra la libertad de los trabajadores, habían sido condenado a 1 año y nueve meses cada uno por un delito de lesiones, se les mantiene dicha pena. El resto de la sentencia del Juzgado de lo Penal se confirma en todos sus términos, según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

   Los cinco sindicalistas, José Ángel Álvarez Novo, Jerónimo Blanco González, José Luis Alonso Cuesta, Neftalí Casares García y Alberto Bernardo Villalta Jiménez, fueron condenados el pasado 2 de diciembre por haberse enfrentado a un trabajador y también sindicalista de la factoría, Arsenio Iglesias, cuando este acudía a su puesto de trabajo durante la Huelga General.

   La Audiencia ha estimado parcialmente los recursos de apelación presentados por las respectivas representaciones procesales de los cinco sindicalistas. El Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón en sentencia de 5 de diciembre de 2014, les condenó a José Ángel Álvarez Novo y a Jerónimo Blanco González a cinco años y tres meses de prisión (por un delito contra los derechos de los trabajadores y un delito de lesiones) y a José Luis Alonso Cuesta, Neftalí Casares García y Alberto Bernardo Villalta Jiménez a tres años y seis meses de prisión (por un delito contra la libertad de los trabajadores).

 

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