El BOPA publica la resolución que deniega vacaciones al personal sanitario durante la pandemia del coronavirus

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Publicado: viernes, 20 marzo 2020 13:13

OVIEDO, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este viernes la resolución del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) por las que se dictan instrucciones sobre jornada, vacaciones, permisos, licencias y excedencias durante la situación
de pandemia del coronavirus.

Según el documento, consultado por Europa Press, con carácter general y mientras se mantenga la situación "excepcional" las Gerencias de las áreas sanitarias "denegarán los permisos, vacaciones y licencias así como excedencias y permisos sin sueldo que pudieran solicitarse durante este período".

La concesión de excedencias por cuidado de hijos o familiares, solo se concederán con carácter excepcional, "siempre que se garantice la cobertura de las necesidades del servicio". Además, solo podrá concederse a uno de los dos progenitores en el caso de que ambos sean trabajadores del Servicio de Salud.

Por su parte los permisos por parto, acogimiento o adopción, lactancia y riesgo durante el embarazo y la lactancia "se concederán en todo caso".

Las vacaciones y permisos que no pudieran disfrutarse, agregan, podrán ser "disfrutados posteriormente atendiendo a la naturaleza concreta de los mismos".

Por otro lado, los permisos, licencias y excedencias por cuidado de hijo o familiar concedidos con anterioridad a estas instrucciones "podrán seguir disfrutándose salvo que el agravamiento de la situación imposibilite la asistencia sanitaria a la población con los profesionales disponibles". En ese caso podrían suspenderse. No obstante, la suspensión no se aplicará al personal que se encuentre en situación de permiso por maternidad o licencia por el embarazo o la lactancia.

En los supuestos de denegación de permisos y durante el período en el que se mantenga la situación excepcional de la pandemia por coronavirus, las Gerencias de los centros sanitarios podrán tomar medidas de flexibilización de las jornadas, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de los profesionales sanitarios.

En cuanto al trabajo no presencial, solo será autorizado para el personal no sanitario cuyas funciones lo permitan, siempre que "esté debidamente justificado y previa autorización de la Dirección del Centro sanitario".

Según la resolución, las Gerencias podrán graduar la aplicación de estas instrucciones a los niveles de actuación contenidos en el Plan de Contingencia ante la epidemia de SARS-CoV- 2 del Sespa.

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