OVIEDO, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -
Un joven procesado por mantener relaciones sexuales cuando estaba ebrio en una calle de Llanes con una menor, que también había bebido y se encontraba inconsciente por el alcohol, ha asumido este martes los hechos que le atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular y ha aceptado una condena de dos años de prisión, entre otras penas y medidas, y el pago de una indemnización de 20.000 euros a la víctima.
La vista para ratificar la conformidad de las partes -el procesado había reconocido su culpabilidad con anterioridad- se celebró esta mañana en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.
Según ha informado la Fiscalía en nota de prensa, los hechos ocurrieron sobre las 2.00 horas del 15 de julio de 2020, cuando el procesado, nacido en 1990, se encontraba en compañía de sus amigos en una zona de copas de Llanes, y se acercó a un grupo de chicas de 16 y 17 años, entre las que estaba la víctima, de 16 años.
Tras una hora de charla entre ambos, sobre las 3.00 horas, se alejaron unos metros del lugar y, pese a que la menor "estaba muy afectada" tras haber ingerido alcohol, el procesado se aprovechó de esa circunstancia y ambos mantuvieron relaciones sexuales en la calle La Calzada 2 de Llanes, a la vista de terceros. La menor estaba inconsciente en el momento del acto sexual.
Las pruebas practicadas a la adolescente tras los hechos arrojaron un resultado de etanol en sangre de 2,70 gr/l. El procesado cometió los hechos previa ingesta de alcohol, de tal modo que tenía mermadas sus capacidades intelectivas y volitivas.
Con anterioridad a la celebración del acto de ratificación de la conformidad, el procesado consignó la cantidad de 20.000 euros. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de abuso sexual del Código Penal vigente en la fecha de los hechos. Concurre la atenuante de embriaguez y la de reparación de daño.
Tras reconocer los hechos, y con la conformidad de las acusaciones, el procesado aceptó una condena de 2 años de prisión, con inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena; la medida de libertad vigilada durante 5 años --consistente en la realización de un programa formativo en materia de educación sexual-- y cumplimiento de la pena de prohibición de aproximación a la chica, a su domicilio lugar de trabajo o cualquier lugar donde se encuentre a una distancia inferior a 200 metros y prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento por 10 años.
Por vía de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar al representante legal de la menor con la cantidad de 20.000 euros por los daños y perjuicios causados, cantidad que ya ha sido consignada y a la que se aplicarán los intereses legales correspondientes.