El fiscal pide año y medio para empleados de una residencia de Mieres por la muerte de un anciano

Publicado: viernes, 3 mayo 2019 12:38

OVIEDO, 3 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Principado de Asturias ha pedido la condena de tres empleados de una residencia gerontológica de Mieres por la muerte de un anciano en 2016. La vista oral está señalada para este lunes 6 de mayo de 2019 en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, a las 9.30 horas.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia grave y, alternativamente, de un delito de denegación de asistencia sanitaria y pide para cada uno de los acusados un año y medio de prisión.

El fallecido, nacido en 1932, ingresó en la residencia gerontológica, en el municipio de Mieres, en el mes de marzo de 2016 tras una caída en su domicilio habitual del que fue tratado en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA).

Según el escrto del fiscal, el 1 de mayo de 2016 comenzó a presentar un cuadro de vómitos, reiterado en el tiempo pero intermitente, que fue tratado sintomáticamente con antieméticos y administración de suero oral bajo la supervisión del diplomado en enfermería del centro. No juzgó necesario avisar a la médico de la propia residencia, que esos días estaba libre de servicio ni tampoco al servicio de urgencias del Centro de Salud de Mieres.

El día 2 de mayo a las 22.00 horas, al terminar el turno de trabajo del enfermero, como quiera que el fallecido había experimentado poco antes un episodio fuerte de vómitos, el enfermero encomendó a dos de los gerocultores, acusados, que junto con al tercer acusado, formaban el turno de noche encargado del cuidado de los residentes, para que le vigilaran especialmente por si había que tomar alguna determinación en cuanto al aviso al médico de guardia.

Hacía las 23.00 horas del día 2 de mayo, uno de los acusados pasó por la habitación que ocupaba el anciano, sin observar ningún dato fuera de lo normal. La siguiente visita a este enfermo no tuvo lugar hasta las 02.23 horas del día 3. En esa segunda visita, al ver que estaba vomitando y aparentaba un empeoramiento sensible de su estado, los acusados decidieron llamar al teléfono de emergencias 112 para que les pusiera en comunicación con el Centro de Salud de Mieres Sur y el traslado del enfermo al hospital.

Después de varias conversaciones, la médico de guardia decidió desplazarse a la residencia para examinar al paciente y luego decidir sobre el traslado o no del mismo a un centro sanitario.

A las 03.33 horas se presentó en un taxi a la puerta de la residencia la médico de guardia. Ésta llamó repetidas veces al intercomunicador para que le abrieran, sin obtener respuesta; el propio taxista tocó el claxon del vehículo y dio ráfagas de luz larga para advertir de su presencia. Incluso se bajó y se acercó al portón y a la contigua puerta peatonal para comprobar si se podían abrir manualmente de un empujón.

Los acusados entre tanto, después de intentar repetida e infructuosamente abrir el portón a distancia con los teléfonos inalámbricos, adoptaron una actitud de completa pasividad, según el fiscal. No se acercaron al portón para hablar con la doctora del problema que se había planteado ni para intentar la apertura manual con la llave 'Allen', ni respondieron a las repetidas llamadas que efectuaba la doctora a través del teléfono 112 al centro para pedir explicación sobre la falta de apertura de alguna de las puertas de acceso. Sólo en el último momento una de las acusadas respondió a esas llamadas, quejándose de que llamaran con tanta insistencia y limitándose a afirmar secamente que no podían abrir el portón.

Ninguno de los acusados por otra parte propuso llamar por teléfono a alguno de los responsables del centro, tal como al gerente e hijo de la propietaria, ni a la supervisora a fin de que les dieran alguna indicación sobre la forma de actuar ante el grave problema que se había presentado.

Tras permanecer quince minutos en el exterior de la residencia y no poder acceder a la misma, la médico abandonó el lugar, por cuanto que tenía que atender otras urgencias.

A partir de ese momento, 03.47 horas, el enfermo no fue visitado más por ninguno de los acusados hasta que a las 05.12 horas entró en su habitación uno de los acusados, comprobando quehabía fallecido.

El fallecimiento se debió a una insuficiencia cardio-respiratoria aguda en un contexto de acentuada hipertermia, que pudiera tener su origen en un síndrome neuroléptico maligno, efecto secundario, que aunque muy raro, se ha descrito respecto al antidepresivo Trazadona, principio activo del fármaco Deprax que le estaba siendo administrado y que en caso de haberse tratado a tiempo en un hospital podría haberse revertido.