Archivo - Juzgados de Oviedo. Audiencia Provincial. - EUROPA PRESS - Archivo
OVIEDO, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una condena de 9 años y 4 meses de prisión para cada uno de los dos acusados, padre e hijo, por el intento de homicidio de un hombre en Langreo en 2024. La víctima se sentará igualmente en el banquillo, acusado de un delito leve de lesiones a uno de ellos. La vista oral comenzará este jueves, 23 de abril, en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10.30 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 13.30 horas del 6 de mayo de 2024, AAA, nacido en 1983, conducía, acompañado por su pareja, por la localidad de La Felguera. A la altura del Polígono de Valnalón, en un aparcamiento anexo a una estación de servicio en la calle Pepita Fernández Duro, vio a un primo suyo, por lo que detuvo el vehículo para saludarlo. Mientras estaban charlando, llegó al lugar BBB, nacido en 1991, quien se encontraba realizando trabajos organizados por el CIS del Centro Penitenciario de Asturias en las naves de servicios que el Ayuntamiento de Langreo tiene en esa calle.
Tras producirse entre ambos acusados un cruce de miradas y reproches mutuos, BBB continuó su camino y AAA siguió conversando con su pariente. Instantes después, BBB regresó, apartó al primo de AAA de un empujón y propinó a este último, que estaba sentado al volante del coche, un golpe en la cara a través de la ventanilla, sin causarle lesión y por lo cual no reclama.
El AAA se bajó inmediatamente del vehículo para exigir explicaciones al agresor, quien ya se dirigía a otro vehículo, un Renault Clío, situado en las inmediaciones y en el que se encontraba su padre, CCC, nacido en 1958. El BBB sacó del maletero una barra de hierro, ante lo cual el AAA volvió a su vehículo y sacó una cachaba para inmediatamente salir en su persecución, propinándole varios golpes mientras corrían alrededor del Renault Clío, hasta que BBB logró montarse en el mismo y marcharse, con CCC al volante.
Mientras abandonaban el lugar, BBB, haciendo gestos con la mano por la ventanilla, incitó a AAA a que lo siguiera, para ajustar cuentas en otro lugar, a lo que accedió, por lo que se subió a su Peugeot en compañía de su pareja.
Minutos más tarde, se encontraron en el recinto del centro de servicios del Ayuntamiento y, como continuación del conflicto anterior, a la altura del cruce de la calle Pepita Fernández Duro con la carretera de Pajomal, CCC, el cual seguía conduciendo el Renault Clío, cortó el paso al Peugeot 407 conducido por AAA. Ante este bloqueo, AAA se bajó del coche y fue hacia el Renault, que estaba parado, momento en el que CCC aceleró y le atropelló a propósito, tirándolo al suelo y ocasionándole varias lesiones.
DISPARO EN EL ABDOMEN
El acusado AAA se levantó y se dirigió hacia el coche, donde permanecían los acusados CCC (al volante) y BBB, que empuñaba un arma corta de fuego con la que intentó disparar, aunque el arma se encasquilló. Entonces, el acusado CCC manipuló el arma para intentar que funcionase y se la devolvió a su hijo, tras lo cual, este volvió a disparar a AAA, alcanzándole esta vez en el abdomen.
Como consecuencia del tiro recibido, el AAA sufrió menoscabos físicos que comprometieron su vida. Los acusados carecían de licencia que les habilitase para la tenencia y uso de armas y el arma de fuego corta utilizada disparó un proyectil que carece de estrías de calidad suficiente y fue disparada a través del cañón de un arma modificada o de un cañón emplomado.
En concepto de responsabilidad civil, los acusados BBB y CCC indemnizarán directa y solidariamente al acusado AAA con 64.833,94 euros. El acusado AAA indemnizará al acusado BBB con 122,29 euros. El acusado CCC indemnizará al acusado AAA con 285,36 euros.