GIJÓN, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -
La concejala del Grupo Municipal de IU en el Ayuntamiento de Gijón, Ana Castaño, preguntará al Gobierno local en la Comisión de Hacienda de este miércoles si tiene intención de aplicar la legislación laboral o la del sector público en casos de despido de un contrato de alta dirección, según una nota de prensa de la coalición.
En el caso del sector público, el apartado dos punto 3 de la disposición adicional octava de la Ley 3/2012 señala que no existe derecho a indemnización alguna en caso de despido cuando la persona ostente la condición de funcionario de carrera del Estado, de la Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales o sea empleado de entidad integrante del sector público estatal, autonómico o local con reserva de puesto de trabajo.
De igual forma, en su punto 4 relativo al cese, se recoge que el desistimiento deberá ser comunicado por escrito, con un plazo máximo de antelación de quince días naturales. En caso de incumplimiento del preaviso mencionado, la entidad deberá indemnizar con una cuantía equivalente a la retribución correspondiente al periodo de preaviso incumplido.
Por el contrario, si se aplica las normas recogidas en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, la indemnización será, salvo pacto en contrario, equivalente a siete días del salario en metálico por año de servicio con el límite de seis mensualidades. En los supuestos de incumplimiento total o parcial del preaviso, el alto directivo tendrá derecho a una indemnización equivalente a los salarios correspondientes a la duración del período incumplido.
IU también quiere saber cuál es la razón para que no se hayan publicado, en el Registro de Contratos de Alta Dirección, los contratos de: director-Gerente de Divertia; directora del Teatro Jovellanos; director del Festival lnternacional de Cine de Gijón; lnspector General de Servicios de Emulsa; y director del Área Económico Administrativa de Emtusa. Además, preguntará sobre qué criterio mantiene el Equipo de Gobierno con relación a la permanencia de personal directivo más allá de la edad legal de jubilación?