Solana defiende la utilidad del nuevo Reglamento de Diligencia Debida para combatir la tala ilegal

Imagen de la tala de árboles
ECOLO-VERDES
Actualizado: jueves, 24 febrero 2011 18:56

SANTANDER, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -

El jefe del Área de Planificación y Ordenación Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM) José María Solano, ha defendido este jueves en Santander la utilidad del Reglamento de Diligencia Debida para combatir la tala ilegal que, según ha recordado, supone "importantes pérdidas" tanto en la superficie forestal global como en biodiversidad.

Solano ha participado en la jornada 'Mejora tu Empleo en el sector privado forestal, ambiental y educativo en Cantabria', organizada por la Fundación Edufores y celebrada en la sede de la Cámara de Comercio de Cantabria, en la que ha expuesto las obligaciones que se derivan del Reglamento y que afectan a los agentes que comercializan por primera vez en el mercado interior madera y productos derivados de ella.

Además, este Reglamento supone una "obligación de trazabilidad" para los comerciantes, ha informado en un comunicado la Fundación Edufores

Los afectados por este nuevo instrumento son todas las industrias de la madera, tanto las de primera como las de segunda transformación.

Solana ha explicado que, a través de esta herramienta, se establecen las obligaciones de los distintos agentes, prohibiendo la tala ilegal y la comercialización de la madera aprovechada ilegalmente o de productos derivados de esa madera.

Según ha señalado, en estos momentos en España ya se necesita notificar y tener licencia para todas las operaciones de corta, excepto en especies de crecimiento rápido para las que, a partir de ahora, también será necesario.

Solano ha dicho que la puesta en práctica del Reglamento implica para los distintos agentes del sector forestal la necesidad de tener implementado un Sistema de Diligencia Debida que será verificado por una tercera parte independiente para poder demostrar que la madera o producto forestal que comercializan no procede de una tala ilegal.

Este Reglamento de Diligencia Debida de la UE establece que los sistemas de supervisión sean los existentes con arreglo a la legislación nacional y cualquier mecanismo voluntario que cumpla los requisitos establecidos en el propio reglamento.

El Reglamento de Diligencia Debida, aprobado por la UE a finales de 2010, será aplicable en su totalidad a partir de 2013. Sin embargo, incluye algunas exigencias que deben cumplirse desde diciembre del año pasado.

Se trata de una herramienta "indispensable" para la comercialización de los productos de madera y sus derivados en la UE y afectará tanto a aquellos producidos dentro de este territorio como a los importados de otros países.

El Reglamento obliga a que en las adquisiciones públicas de madera y derivados se compruebe la legalidad y, si es posible, la certificación de esos productos.

Además, apela al papel fundamental del principio de responsabilidad corporativa social y ambiental del sector privado, apostando por auditorías independientes de la cadena de comercialización, una implicación que, a juicio de Solana, debe hacerse extensiva al sector financiero con diferentes líneas de acción, entre las que está el que los bancos deben prestar atención al "lavado de dinero" procedente de esta actividad.

La jornada está organizada por la Fundación Edufores y forma parte de las actividades del proyecto Janus, una acción gratuita cofinanciada por el Fondo Social Europeo en el marco del programa 'Empleaverde' de la Fundación Biodiversidad, que cuenta con la colaboración de la Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria y del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales y la cooperación de la Cámara de Comercio de Cantabria y ACEMM.