Convocadas las ayudas para la Red de Espacios Naturales Protegidos de Cantabria

La cuantía de la subvención por solicitante será de hasta 30.000 euros para las entidades locales o los 6.000 para otros beneficiarios

Bosque, árboles, otoño, paisaje, naturaleza.
GOBIERNO
Europa Press Cantabria
Actualizado: jueves, 11 agosto 2016 11:00

SANTANDER, 11 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica este jueves, día 11, la Orden de la Consejería de Medio Rural por la que se convocan subvenciones en la Red de Espacios Naturales Protegidos (RENP) de Cantabria para 2016. La cuantía de la subvención por solicitante será de hasta 30.000 euros para entidades locales y los 6.000 para otros beneficiarios.

Las ayudas están dirigidas a fomentar el mantenimiento de los espacios protegidos, promocionar su conocimiento y su desarrollo socioeconómico, así como la mejora de la calidad de vida de las personas residentes en la red o en sus áreas de influencia socioeconómica, con la excepción del Parque Nacional de los Picos de Europa.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación en el BOC de la convocatoria.

Podrá participar entidades locales que posean terrenos en un ENP incluido en la Red de Espacios Protegidos o en su área de influencia socioeconómica; y personas físicas y empresas privadas cuya residencia o sede social radique en un término municipal de aquellos que aporten terrenos a un espacio incluido en la Red y su actividad principal se desarrolle o se pretenda instalar en el mismo. Asimismo podrán ser beneficiarios las personas físicas que, sin tener la condición de residentes, sean propietarios de bienes inmuebles en las mismas áreas.

También podrán concurrir a las ayudas instituciones sin ánimo de lucro que realicen actuaciones en materia de conservación y uso sostenible de los recursos en un término municipal que aporte terrenos a un ENP incluido en la RENP de Cantabria.

Las entidades y asociaciones deberán estar legalmente constituidas y mantener los requisitos durante el tiempo que dure la actividad. No podrán concurrir a la convocatoria personas físicas, entidades, empresas o asociaciones condenadas por delito o falta, o sancionadas por infracción administrativa relacionada con el medio ambiente.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La financiación de las ayudas se efectuará con cargo a la disponibilidad de las tres aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales de Cantabria para este ejercicio, con un importe máximo de 225.000, 55.000 y 7.000 euros, respectivamente.

La cuantía de la subvención por solicitante en ningún caso superará los 30.000 euros para proyectos y actividades de entidades locales; los 6.000 para proyectos y actividades de personas físicas, empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro.

Las subvenciones que se otorguen al amparo de esta convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de ente público o privado, nacional o internacional.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

SOLICITUDES

Las solicitudes irán dirigidas al consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación junto con la documentación exigida, y se presentarán en el Registro de la Consejería o en los lugares establecidos en la Ley de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de Cantabria.

En el caso de que un mismo interesado desee solicitar subvención para varios proyectos distintos, deberá presentar una solicitud para cada uno de ellos, teniendo en cuenta que la cuantía global máxima por solicitante no podrá superar la cantidad indicada en el dispongo sexto.

No podrán presentarse solicitudes separadas para distintas fases de un mismo proyecto, ya que éste debe constituir una obra completa. Cuando la subvención solicitada sea de cuantía inferior al importe total del proyecto al que se refiere, en la memoria explicativa se indicará partida de su presupuesto a que se destinará aquélla.

La documentación que deberá acompañar a la solicitud deberá ser original, o copia debidamente legitimada por notario o funcionario público, pudiendo los interesados aportar conjuntamente con la misma una fotocopia para su cotejo y devolución sellada.

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