El Supremo admite a trámite el recurso de DEBA sobre el Centro Botín

Infografía del Centro Botín
FUNDACIÓN BOTÍN
Actualizado: viernes, 8 agosto 2014 14:58

Se han personado el Gobierno central, el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Santander y la Fundación Botín

SANTANDER, 8 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de las asociaciones integradas en la Plataforma DEBA contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que avaló la construcción del Centro Botín en el Muelle Albareda.

Aquella sentencia, de noviembre de 2013, desestimó el recurso contencioso-administrativo promovido por ARCA, Ecologistas en Acción, Cantabria Nuestra y la Asociación para la Conservación de la Arquitectura Tradicional en el Litoral de Cantabria contra la modificación nº 9 del Plan Especial del Puerto (PEP) aprobada por el Gobierno de Cantabria en abril de 2012.

Se han personado como partes recurridas el Gobierno central, el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de Santander y la Fundación Botín, según consta en el auto de admisión a trámite, recogido por Europa Press.

Ello se debe a que en su recurso inicial, las asociaciones ecologistas solicitaban la nulidad de los actos derivados de la modificación del Plan Especial del Puerto, en concreto la concesión administrativa de ocupación del espacio de dominio público portuario aprobada por la Autoridad Portuaria de Santander en favor de la Fundación Botín, y la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento.

Frente a la oposición del Gobierno de Cantabria a la admisión a trámite del recurso, reflejada en su escrito de personación, el Supremo entiende que debe ser admitido al haber sido "correctamente preparado", "sin que en este trámite pueda ni realizarse un examen mayor de la cuestión planteada o someterse a censura el acierto jurídico de las infracciones normativas que se anuncian en el escrito".

El análisis de fondo del recurso de DEBA se sustanciará en la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del TS.

La sentencia del TSJC, que imponía a las asociaciones ecologistas el pago de las costas, señalaba que el "impacto" del Centro de Arte Botín "se busca de forma deliberada en la concreta situación en que se ubica" para intensificar la relación Puerto-Ciudad a fin de que se erija como nuevo referente del Puerto de Santander.

Añade que el Centro Botín estará "en sintonía" con otros grandes edificios del puerto como el Club Marítimo, el edificio Siboney o la Escuela de Vela, "sin llegar a transgredir las prohibiciones legales impuestas" gracias a las medidas correctoras introducidas en un modificado del proyecto. El TSJC concluye además que no se vulnera el entorno del conjunto histórico-artístico del Paseo Pereda.

LA UBICACIÓN, "CABALLO DE BATALLA"

El "caballo de batalla" del recurso de las asociaciones ecologistas era la ubicación elegida para este nuevo equipamiento cultural. La plataforma DEBA sostiene que la modificación del PEP se ha redactado "a medida para el Centro Botín", que su ubicación es "la peor posible" desde el punto de vista del impacto ambiental y que podría tener "mejor encaje" en otras zonas del frente marítimo.

Sin embargo, el TSJC consideró que la memoria del decreto ofrece "motivación suficiente" sobre la elección de la ubicación y "despeja cualquier duda sobre el fraude de ley" que se invoca en el recurso. En este sentido, señala que el PEP original hacía expresa alusión a este área como "altamente representativa por el efecto de 'puerta de entrada'" y que desde el año 2000 estaba previsto rehabilitar la zona por su carácter estratégico de primer orden.

Así, se remite a estudios previos que definen al muelle de Albareda como el tramo de todo el frente marítimo con "mejor accesibilidad para los ciudadanos" y "el lugar más idóneo para la ubicación de un equipamiento cultural de vanguardia que contribuya, junto a otros equipamientos como el Museo Marítimo o el Palacio de Festivales, a "potenciar el papel cultural de Santander en la fachada cantábrica".

"Deliberadamente se busca causar un impacto en la Bahía a través de un nuevo edificio que sirva de referencia respetando el patrimonio histórico artístico, paisajístico y cultural del entorno urbano en que se ubica", subrayaba la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en el fallo que ahora revisará el Supremo.