Presidencia amplía el Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos de la Administración

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EUROPA PRESS
Europa Press Cantabria
Actualizado: martes, 20 septiembre 2011 11:00

SANTANDER 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria ha ampliado el Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma, con el fin de que el mismo sea "omnicomprensivo".

Así, a los procedimientosma instancia de parte que, actualmente, forman el inventario de procedimientos, se añaden aquellos otros que se inician de oficio por la propia administración, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia. Así mismo, se dará cabida en el inventario a las comunicaciones obligatorias a la Administración.

Para proceder a esta ampliación, la Consejería ha publicado una Orden, que entrará oficialmente en vigor este miércoles, 21 de septiembre, que modifica la de diciembre de 2006, por la que se reguló el Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para que tanto las empleados públicos como la ciudadanía dispusieran de una herramienta que les proporcionase información actualizada de todos los procedimientos a instancia de parte que resuelve la Administración.

Ahora, y según consta en la Orden que recoge Europa Press, la Administración está en disposición de poder abordar la ampliación de dicho inventario, para lo cual ha incluido en el articulado de la norma los procedimientos a instancia de parte y las comunicaciones obligatorias a la Administración.

De este modo, el Inventario Automatizado de Procedimientos incluirá los procedimientos administrativos que puedan iniciarse, de oficio o a solicitud del interesado, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria así como las comunicaciones obligatorias a dicha Administración.

El Inventario Automatizado contendrá, para cada uno de los procedimientos administrativos o comunicaciones obligatorias, una ficha con los datos identificativos básicos, los formularios o modelos de documentos asociados a cada procedimiento administrativo o comunicación obligatoria, así como la información adicional que se derive del proceso de racionalización.

La Dirección General de Servicios y Atención a la Ciudadanía, en su calidad de administradora del Inventario, deberá fijar las normas que regularán la actualización de la información, así como coordinar, homogeneizar y actualizar toda la información que contenga.

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