La Fundación Instituto de Hidráulica dice que actuó "correctamente" y que la sentencia no afecta a la construcción

Actualizado: miércoles, 25 noviembre 2009 20:38

SANTANDER, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria ha señalado hoy que entiende que actuó "correctamente" y que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que ha anulado la licitación de los proyectos básicos del Gran Tanque de Ingeniería Marítima y del edificio sede del Instituto "no tiene efectos" sobre el proceso de construcción del complejo.

En un comunicado, la Fundación, participada por el Gobierno regional y la Universidad de Cantabria, destaca que siguió un procedimiento "abierto y público" de contratación, anunciándose su licitación por "los medios correspondientes". Añade que a ambos concursos se presentaron distintas ofertas, y "ninguna" de las personas o entidades que concurrieron impugnó la adjudicación de dichos contratos.

Así, explica que se remitieron, para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, las licitaciones de la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras tanto del tanque como del edificio, el 5 de agosto de 2008; de los contratos de servicios relativos a la dirección de obra de uno y otro edificio, el 20 de noviembre de ese año; y del contrato de suministro de los equipamientos técnicos del tanque, el 13 de febrero de 2009.

Además de esa publicidad "singular", todas esas licitaciones, así como la de aquellos contratos que no tienen la consideración de armonizados, fueron objeto de la "adecuada publicidad", conforme requiere la nueva Ley de Contratos del Sector Público, a través de la página web de la entidad contratante, añade.

Destaca además que los correspondientes proyectos constructivos de las obras que se están llevando a cabo han sido elaborados por un equipo de arquitectos e ingenieros resultante de las licitaciones de dichos concursos publicados en el Diario de la Unión Europea, contándose para el diseño de infraestructuras singulares con la colaboración de empresas especializadas nacionales y europeas, apropiadas a la envergadura y complejidad de las infraestructuras.

La Fundación puntualiza que "la controversia" judicial se refiere exclusivamente a los procesos de contratación de los proyectos básicos de ambas obras, no al de las licitaciones posteriores, referidas a la ejecución en sí de las obras y sus correspondientes proyectos constructivos y de ejecución.

Por tanto, "se centra" en determinar si la Fundación tenía que haber licitado dos contratos de servicios, como hizo, o sólo uno, como ha considerado el TSJC. A respecto, señala que para el TSJC "prima" el carácter funcional que tienen entre sí los dos edificios, circunstancia que la Fundación "nunca ha negado", aunque sostiene que "debía primar" la distinta naturaleza de ambos proyectos básicos.

Por todo ello, entiende que actuó "correctamente", dado que la licitación de dos contratos en lugar de uno estaba "plenamente justificada" y no respondió a un "fraccionamiento artificial", como indica el Tribunal, razón por la cuál sus servicios jurídicos ya han presentado al TSJC un escrito por el que anuncia la interposición del correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Aclara que la sentencia del TSJC "no tiene efectos" sobre todo el complejo proceso de construcción del Gran Tanque y del instituto, que se ha llevado a cabo "con plena y estricta sujeción" a los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público.

Precisa igualmente que la licitación de esos dos contratos es, "simplemente", una de las "múltiples licitaciones" que una infraestructura singular como ésta conlleva, y representa "menos del 1% del total" de los costes de inversión de todo el conjunto de actuaciones que la Fundación está llevando a cabo.