Ocho meses de prisión para un constructor que contrató a un empleado que falleció tras caerse de un andamio

Europa Press Cantabria
Actualizado: miércoles, 9 septiembre 2009 16:49

SANTANDER 9 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a ocho meses de prisión a un constructor que contrató a un empleado para realizar unas obras de rehabilitación en una cabaña. El trabajador se cayó de un andamio y falleció tres años después del suceso, que le dejo en situación de gran invalidez.

Los hechos sucedieron en julio de 2003. El propietario de una cabaña en Villacarriedo, residente habitualmente en México, encargó a un empresario de la zona las obras de reparación de esta vivienda, para que las hiciera mientras se encontraba fuera.

A su vez, este empresario, L.F.C.F., contrató a un ganadero de la zona para realizar los trabajos, para los que no presentó proyecto ni licencia de obra, además de no contar con estudio de seguridad ni un plan específico de seguridad en caídas, lo que supone un incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El trabajador se encontraba realizando los trabajos en el tejado de la cabaña, valiéndose de unos tablones de madera que utilizaba a modo de andamio. En un momento dado, resbaló y cayó al suelo desde una altura de unos tres metros.

La caída le produjo una lesión traumática medular cervical y un politraumatismo. La víctima fue declarado en situación de incapacidad permanente, en grado de invalidez.

Tres años después del accidente, el trabajador fallecía como consecuencia directa de las lesiones causadas, tal y como describieron los informes forenses.

Por estos hechos se le impuso al acusado una pena de dos meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores y otros seis por uno de homicio imprudente. La pena de dos meses se sustituye por una multa de 600 euros, que se suman a otra multa de 540 euros.

Además, deberá indemnizar con más de 180.000 euros a los familiares del fallecido. La pena tiene como circunstancias atenuantes la reparación del daño, al haber consignado 200.000 euros para las indemnizaciones, y las dilaciones indebidas, por los retrasos en la celebración del juicio.

Esta sentencia confirma una previa del Juzgado de lo Penal número 1 de Santander y descarta las responsabilidades que la familia quería extender al propietario de la cabaña, el que encargó la obra, a quien reprochaban haber abandonado por completo sus obligaciones y no interesarse por las condiciones en que se desarrollaba la obra.

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